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Efecto ESPEJO | Pagar por los actos de corrupción, en efectivo y en abonos
La Fiscalía Anticorrupción de Sinaloa solicitó ayer ante un juez la suspensión condicional del proceso que enfrenta el ex secretario de salud malovista, Ernesto Echeverría Aispuro, quien a cambio se obligó a pagar, a título de reparación del daño, siete millones de pesos en tres parcialidades.
De acuerdo con el plan “en abonos”, los primeros dos millones y medio fueron cubiertos el pasado 19 de julio; queda pendiente otro por la misma cantidad el próximo 20 de agosto y el resto hasta el 29 de enero de 2019. Inicialmente se sostuvo que el daño ascendía a más de catorce millones de pesos. Echeverría no pisará la cárcel.
El procedimiento es perfectamente legal, ¿pero es justo? De acuerdo con la ley, la suspensión condicional del proceso es una vía que requiere de un acuerdo entre la Fiscalía y el imputado. Esto significa que el Ministerio Público aceptó que el monto del daño causado por Echeverría Aispuro es precisamente por siete millones de pesos y que podía ser pagado en tres exhibiciones. ¿Qué se tomó en cuenta para calcular la reparación? Lo normal son los informes periciales. Pero, ¿se calculó solo el daño o también se incluyeron los perjuicios y las indemnizaciones?
El gobernador del estado, Quirino Ordaz Coppel, cuestionado sobre este tema, declaró que el resto de los más de catorce millones de pesos sería cubierto por otros exfuncionarios que aún se encuentran bajo investigación. Si el recurso afectado es público, de todos los sinaloenses, el titular de la administración pública, el propio mandatario, debería al menos explicar cuáles fueron los criterios para aceptar el acuerdo al que llegaron la Fiscalía Anticorrupción y Ernesto Echeverría.
A todo esto, ¿dónde están los miembros del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Local Anticorrupción?
Urge que pidan explicaciones y fijen posturas.
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