Corrupción

“Es un contrato ilegal” el de Quirino con Mazatlán FC, asegura Graciela Domínguez

La Presidenta de la Junta de Coordinación Política del Congreso de Sinaloa señaló que se analiza ya cómo se procederá de forma legal, pero que la Fiscalía Anticorrupción, así como la Auditoría Superior del Estado, deben iniciar una investigación de oficio por haberse sobrepasado las facultades del Poder Legislativo.

FOTO: Twitter/@QuirinoOC.

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El contrato que firmó Gobierno del Estado con la empresa Atlético Morelia, dueña del equipo Mazatlán FC, es ilegal y violatorio a las facultades del Congreso del Estado, aseguró Graciela Domínguez Nava, Diputada local por Morena y Presidenta de la Junta de Coordinación Política.

“Es violatorio, es incorrecto, es ilegal, no respeta las atribuciones de un Poder Legislativo que de acuerdo con la Ley de Inmuebles es el único facultado para autorizar estos contratos, que debe de ser bajo la figura de concesión”, indicó.

“Pero además se ejerció un acto violatorio en todo este proceso, vemos un desaseo político, administrativo porque no está siendo garante el Gobierno del Estado, el Gobernador, de cuidar los intereses de los sinaloenses. Estamos hablando de dar un bien público que se está dando a privados para que lucren con él”.

Luego de que se dio a conocer el contrato, se inició un análisis para tomar las acciones legales correspondientes por no haberse tomado en cuenta al Congreso local y no garantizar un beneficio al Estado.

“Estamos analizando las acciones legales correspondientes, porque no estamos hablando de un inmueble cualquiera, porque soslayar la importancia de que se haya trabajado una concesión donde se garantizaran beneficios para el pueblo sinaloense a través de una concesión a privados, el Gobierno del Estado está demostrando que no le interesa trabajar para los intereses de los sinaloenses”, aseguró.

“No haber considerado establecer un buen convenio, bajo la figura de concesión, insisto, donde se reflejaran reales beneficios para los sinaloenses, ya de entrada vemos un gobierno indolente que está tratando este tema como si fuera un bien privado, propiedad de ellos”.

Además, dijo, la Fiscalía Anticorrupción, así como la Auditoría Superior del Estado, deben iniciar una investigación de oficio por haberse sobrepasado las facultades del Poder Legislativo.

El 22 de julio se firmó dicho contrato, en el que se estableció que la empresa podrá administrar, usar, explotar, comercializar y dar mantenimiento del Estadio de Futbol en Mazatlán, cuya construcción tuvo un costo por alrededor de 700 millones de pesos.

La empresa tendrá esos derechos durante 10 años, a cambio de un palco y dos espacios de estacionamiento para Gobierno del Estado, así como 400 boletos gratis por cada partido de local y la creación de escuelas de futbol en distintas categorías.

También se indicó que la empresa deberá invertir en ese tiempo (10 años) un monto de 70 millones de pesos, que podrá gastar en el estadio o las escuelas de futbol.

En el contrato también se indicó que Ejecutivo Estatal podrá usar dos veces al año el estadio para eventos de beneficio o de interés social, así como eventos extraordinarios como urgencias sociales, de emergencia, desastre natural o cualquier otra índole similar.

Esas fueron las condicionantes de Gobierno del Estado a cambio del estadio que tiene una capacidad de hasta 25 mil personas, pantallas gigantes, equipo de sonido, internet WiFi, sistema de alumbrado, sala de prensa equipada, circuito cerrado de videovigilancia, canalización y fibra óptica, y elevadores.

La presidenta de la Junta de Coordinación Política aseguró que ese contrato debió pasar por el análisis y votación del Congreso del Estado.

“A pesar de que incluso en su numeral 14 dice de manera muy clara que otorga el derecho exclusivo para administrar, usar, explotar y comercializar, lo cual es lo que establece la Ley de Inmuebles del Estado de Sinaloa, pero deja muy claro que debe de ser aprobado por el Congreso del Estado”, aseguró.

“Sorprende que Gobierno del Estado esté actuando al margen de la Ley, que esté firmando un contrato a todas luces ilegal, violatorio de las facultades mismas del Congreso del Estado y por supuesto de la Ley de Inmuebles”, aseguró.

Domínguez Nava señaló que por tratarse de un bien inmueble propiedad del Estado, construido con recursos que provienen de los impuestos de los ciudadanos, la concesión es un regalo a los empresarios.

“Al revisar este contrato que hicieron, pues se lo están regalando, prácticamente como un regalo para que el particular o particulares lucren con un bien público”, dijo.

PARA SABER:
La Ley sobre Inmuebles del Estado y Municipios indica que:

ARTÍCULO 13. Están destinados a un servicio público y por tanto se hallan comprendidos en el inciso I del artículo anterior, los siguientes edificios y terrenos, siempre que pertenezcan al Estado o a los Municipios: 

I. Palacios, de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y Palacios Municipales. 

II. Establecimientos de Instrucción Pública y Beneficencia. 

III. Bibliotecas, Archivos, Registros Públicos, Observatorios e Instituciones Científicas. 

IV. Museos, Teatros y Edificios para exhibiciones útiles o recreativas. 

V. Cárceles y Establecimientos Correccionales y Penitenciarios. 

VI. Cuarteles y demás terrenos y construcciones militares.

VII. Edificios para todo género de Oficinas Públicas, y los Edificios y terrenos destinados para Mercados, Ferias u otros servicios análogos.

ARTÍCULO 24. Los inmuebles destinados al uso común, por disposición de la Ley, o a un servicio público y que dejaron de ser utilizables para dichos objetos, solo podrán ser enajenados después de transcurridos tres meses desde la fecha del decreto de que habla el artículo 16.

ARTÍCULO 25. La enajenación de los bienes de que habla el artículo anterior, ya sea por medio de venta, permuta, cesión u otro título, requiere para su validez:

I. La aprobación del Congreso del Estado, cuando se trate de inmuebles del Estado; y, el acuerdo del Ayuntamiento correspondiente, cuando sean bienes de los municipios, en este caso con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes.

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