Corrupción

Quirino y Fiscal buscan perdonar “colchongate”; juez da revés y lo niega

Le negociación se hizo directamente desde la Secretaría General de Gobierno y el permiso del Gobernador Quirino Ordaz Coppel para perdonar un caso de peculado y negociaciones ilícitas.

FOTO: César Hernández | ESPEJO.

FOTO: César Hernández | ESPEJO.

El Gobernador Quirino Ordaz Coppel decidió perdonar a Carlos Baltazar Castro Olivas, quien está acusado de ser el comprador de 2 mil colchones podridos por 2.9 millones de pesos en septiembre de 2018, pero el juez Guadalupe Chávez Reyes dio un revés.

El juicio en contra de Castro Olivas inició este 9 de noviembre, prácticamente dos años después de presentarse la acusación en su contra ante la Fiscalía Anticorrupción, que encontró inicialmente dos delitos: negociaciones ilícitas y peculado.

Durante esos dos años se sostuvo así la acusación, pues se ha asegurado que esas negociaciones ilícitas fueron con el fin de beneficiar a particulares, entre ellos a un hombre llamado Benjamín Landgrave Buelna, uno de los proveedores.

La Fiscalía Anticorrupción planteó en todas las audiencias del caso que Landgrave Buelna es amigo de Castro Olivas.

Pero ahora ocurrió un cambio inesperado, la Fiscalía Anticorrupción solicitó reclasificar el caso y quitar el delito de peculado, es decir, el de beneficio personal o a terceros con recursos públicos.

El perdón

Después de la petición de reclasificar el delito tomó el turno Rafael Trejo Soto, abogado defensor de Castro Olivas para hacer otra petición, la de enviar el caso a otro juez para solicitar una suspensión condicional del proceso.

Ese recurso es una forma de terminación anticipada sobre casos considerados no graves, en los que se debe comprometer el pago de todo el daño causado, así como otras posibles medidas. Con ello se evita la cárcel y la posibilidad de no tener un antecedente penal.

Trejo Soto dijo que antes de llegar a juicio oral se pidió eso mismo, pero Fiscalía se negó en repetidas ocasiones.

El fiscal Librado Romero Martínez dijo estar de acuerdo con el abogado, pero César Figueroa Gutiérrez, apoderado legal del Gobierno de Sinaloa, que en este caso es la víctima, debía consultarlo con sus superiores.

Se dieron 10 minutos de receso y Figueroa Gutiérrez hizo llamadas. Mientras, dentro de la sala de audiencias, los fiscales hablaban de un acuerdo previo, que consistía en el pago de 2 millones de pesos y una disculpa pública.

EL REVÉS

Apenas pasó el tiempo y la audiencia reinició. Figueroa Gutiérrez daba la anuencia para el perdón.

El juez Guadalupe Chávez Reyes preguntó:

– ¿A usted quién le da el poder?

– Soy el apoderado legal de Gobierno del Estado

– Sí, ¿pero quién le da el permiso de aceptar una suspensión condicional? quién le autoriza?

– El Secretario General de Gobierno, Gonzalo Gómez Flores, que habló con el gobernador Quirino Ordaz Coppel, que dijo que ya había un acuerdo.

El juez paró, respiró hondo y volteó hacia su escritorio, tomó el micrófono y empezó a explicar que lo que se pedía era improcedente.

Primero habló sobre la suspensión condicional del proceso, que esta solo podía suceder en etapas previas al juicio oral y para eso se tuvo casi dos años.

Es decir, en esta etapa es imposible, según la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales conceder lo pedido.

Después volteó con el fiscal Romero Martínez para preguntarle la razón de reclasificar:

– ¿Qué les llevó hacer una reclasificación hasta ahora? Debe darse una respuesta a la sociedad.

– Por la expertise de juicios anteriores, atendiendo el principio de congruencia y de lealtad.

No conforme, el juez volvió a cuestionar la razón y el fiscal respondió que en dos años no se logró acreditar beneficio personal o para terceros de los 2.9 millones de pesos.

El juez volvió la vista de nuevo a su escritorio y comenzó a recordar que ese delito era el de mayor gravedad, con una pena entre los 6 y 20 años. También habló de los dos años de la acusación e investigación.

Apenas terminó y le indicó al fiscal Romero Martínez que lo buscado no es una reclasificación, sino un desistimiento.

Ese desistimiento es una renuncia a una de las acusaciones, pero en el artículo 144 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que solo puede ser válido si el Fiscal General, en este caso Juan José Ríos Estavillo, firma una autorización.

Luego el juez recordó que lo alegado en el delito de peculado es prácticamente lo mismo en el de negociaciones ilícitas, por lo que podría comprometer el juicio, pero esa es, dijo, decisión de la Fiscalía y Gobierno del Estado.

PARA SABER: La próxima audiencia de juicio oral será realizada el próximo viernes 13 de noviembre en punto de las 9AM en la Sala Regional Centro del Tribunal de Justicia del Estado de Sinaloa.

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