La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene dos proyectos en el Pleno en los que se discute la criminalización del aborto en México, los cuales serán específicos para los estados de Coahuila y Sinaloa, pero marcarán precedente en todo el País.
Yolanda Molina Reyes, abogada de documentación y litigio del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), señaló que las discusiones sobre acciones de inconstitucionalidad deben tomarse como eco político y social en favor de una discusión nacional a favor de los derechos de las mujeres y personas gestantes.
“En el caso de Sinaloa la acción de inconstitucionalidad no va en contra del Código Penal, ahí no se va a hacer ninguna modificación sobre el delito, solo se está estudiando la parte en donde se dijo que se protege la vida desde la concepción a la muerte, eso tendrá más un mensaje político porque se eliminó ese candado aunque sigue siendo un delito abortar en Sinaloa”
“En el caso de Coahuila sí va contra el delito de aborto y ambas establecen que la criminalización es una forma de violencia para las personas. Por eso estas resoluciones son importantes”.
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La discusión sobre Coahuila es la más importante, pues en 2017 se aprobaron distintos lineamientos en el Código Penal de esa entidad que criminalizaron el aborto, mismas que se impugnaron ante la Suprema Corte por la Fiscalía General de la República en 2017.
Las normas denunciadas establecen que “comete el delito de aborto quien causa la muerte al producto de la concepción, en cualquier momento del embarazo” (artículo 195, Aborto para efectos penales); y que “se impondrá de uno a tres años de prisión, a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que la hiciere abortar con el consentimiento de aquella” (Artículo 196, Aborto autoprocurado o consentido).
La Corte inició la discusión en el Pleno con una valoración extendida por parte de las ministras y ministros en una primera sesión. Las y los integrantes del Pleno se han mostrado a favor, rechazando las manifestaciones de grupos religiosos, quienes señalan las posturas de derechos humanos sobre las creencias.
La discusión se alargó con ocho posturas a favor, tomando un curso mayoritario a aprobarse el dictamen hecho por el Ministro Luis María Aguilar apoyado por otros ministros como el presidente del Poder Judicial Arturo Zaldívar.
“Nos corresponde como Tribunal Pleno reconocer de una vez por todas el derecho Constitucional a interrumpir el embarazo”, dijo Zaldívar, al asegurar que este es un delito de castigo sobre todo a las niñas y mujeres más pobres y olvidadas del país.
Con este precedente podría iniciar una discusión en aquellos estados donde se tiene códigos penales que criminalizan el aborto, como sucede en Sinaloa, que también está dentro de la discusión contra el aborto en la Corte.
Además de la acción de inconstitucionalidad en Coahuila sobre el Código Penal, hay otra en Sinaloa sobre la “Ley de derecho a la vida”, la cual trata de dar el estatus de persona al feto, es decir, al producto desde su concepción en la mujer.
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Esa ley se incluyó en una reforma en 2018 al Artículo 4 Bis A de la Constitución local, una acción rechazada por un grupo de diputados de Morena y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, retomada por el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena en su proyecto presentado ante el Pleno.
De acuerdo con el GIRE, echar abajo esa reforma reconoce el derecho a poder interrumpir el embarazo de forma legal, sin que haya una criminalización con leyes surgidas desde grupos conservadores.
Por ejemplo, la Ley de derecho a la vida de Sinaloa no es única, también se impuso en otros 21 entidades del país.
Es por ello que la discusión de la Corte sobre esas modificaciones en Sinaloa marcará un precedente político y social, en contra de legislaciones realizadas con motivaciones morales y no legales.
“No corresponde a ninguna legislatura local ni a este Pleno definir con contundencia el origen de la vida humana, pues la vida es un continuum. Sería un artificio jurídico inaceptable pretender resolver normativamente un dilema respecto del cual no existe consenso científico, moral, ni religioso”, aclaró la Corte.
Señaló el Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena en su proyecto presentado ante el Pleno.
En el caso de Sinaloa solo se buscaría eliminar la reforma, pero el aborto seguirá siendo una práctica criminalizada en el Código Penal, salvo en los casos de violación o aborto involuntario.

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