La comunidad Mayo-Yoreme de Lázaro Cárdenas ganó el amparo 528/2018 en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que obliga la consulta para saber si quieren o no la construcción de una planta de amoniaco en la Bahía de Ohuira, pero la Semarnat los sacó del proceso.
Apenas el 17 de junio se dio a conocer el calendario para las asambleas informativas sobre los riesgos y beneficios que podrían tenerse en la región del norte de Sinaloa, así como los días de consulta. En el Diario Oficial de la Federación se indicó que el último proceso se deberá llevar a cabo los días 9 y 10 de julio.
Sin embargo, en ese proceso se incluyó a comunidades Mayo-Yoreme que están fuera de la bahía de Ohuira, donde se prevé la construcción de la planta, pese a que la Corte ordenó pedir la opinión indígena únicamente a los pueblos con posibles afectaciones.
“Se estima necesario hacer extensivos los efectos protectores de la sentencia, relativos a la realización de la consulta previa, a las demás comunidades indígenas que se encuentren dentro del área de impacto del proyecto de que se trata”, señaló la Corte en la sentencia de amparo hecha por el ministro Alberto Pérez Dayán el 6 de abril.
“En consecuencia, la autoridad responsable en coordinación con la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas”.
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La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas eligieron 15 comunidades, pero al menos 8 de ellas están fuera del territorio donde impactaría la planta de amoniaco, entre ellas 5 de mayo, Mochicahui y Charay.
Sin embargo, la comunidad de Lázaro Cárdenas, que ganó el amparo, quedó fuera de la consulta, pues el día 14 de junio se tuvo una reunión en el centro ceremonial de ese pueblo, donde los Mayo-Yoreme se quejaron de integrar a comunidades fuera de la región de la bahía.
Tras esos señalamientos, las dependencias federales lo tomaron como un rechazo a ser consultados y de “estar en contra de iniciar el proceso de consulta ordenado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
El pueblo envió una carta el 7 de julio a la Semarnat, para expresar el descontento con la decisión y dejar claro que su postura es la de sí participar y que se oponen a que sea distinto a la decisión de la Corte.
“Esto no es correcto. Lo cierto es que algunos habitantes integrantes de la Comunidad Indígena de Lázaro Cárdenas, que participaron en la reunión de acuerdos previos del proceso de consulta relativo al referido Proyecto, el 14 de junio del año en curso, en el Centro Ceremonial San Ignacio de Loyola, de nuestra Comunidad, al hacer uso de la palabra expresaron ESTAR EN CONTRA DEL PROCESO DE CONSULTA por la forma en que se está llevando a cabo”, señaló el pueblo en conjunto con otras dos comunidades, la de Ohuira y la de Paredones.
“Porque se está convocando a comunidades que están muy alejadas del proyecto, que no están asentadas en la Bahía de Ohuira y que no van a verse directamente afectadas, contraviniendo la sentencia dictada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
La consulta se realizará por un amparo otorgado por la corte, tras un proceso que inició en 2018 en contra de la construcción por no haberse consultado a las comunidades indígenas alrededor de la bahía de Ohuira, donde la empresa con inversión alemana Gas y Petroquímica de Occidente (GPO) quiere producir 2,200 toneladas diarias de amoniaco.
GPO obtuvo permisos y la aprobación de una Manifestación de Impacto Ambiental en 2014, fue así que se comenzó a construir una planta para producir 2,200 toneladas de amoniaco diariamente.
Esos permisos se dieron sin haber consultado a los pueblos indígenas de la zona, como se establece en normas internacionales y la Constitución de México, y sobre un sitio natural protegido por una gran cantidad de peces, moluscos, crustáceos, mamíferos marinos -ahí llegan a descansar ballenas y delfines-, aves migratorias y vegetación.
Los pueblos se enteraron del proyecto una vez que se taló 24 hectáreas de mangle y afectó la producción de camarón y moluscos.
Un grupo de activistas y académicos se reunió con los pueblos indígenas, les dieron a conocer esos posibles impactos, por ejemplo, el que pueda haber explosiones y fugas accidentales, algunas de ellas submarinas. Eso se encuentra en la Manifestación de Impacto Ambiental, pero no se informó a los pobladores de la bahía de Ohuira.
Los pueblos de Lázaro Cárdenas, Ohuira y Paredones promovieron amparos y ganaron, pues la Corte determinó que “no resulta dable excluir a la comunidad indígena ni, por ende, privarles de su derecho a emitir las opiniones y puntos de vista que estimen relevantes respecto a una decisión estatal que incide en su territorio y en los ecosistemas que ahí se encuentran”.
El proyecto de la Corte estuvo a cargo del ministro Alberto Pérez Dayán, y en este recordó que los pueblos Mayo-Yoreme sostienen su cosmovisión asentada en la conexión con la tierra, el agua y el aire.
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Es así que construir una planta en ese lugar que afectará el ecosistema provocará un cambio a todo lo que conocen.
“Podrían llegar a representar un daño en el ambiente en el que se desarrolla la comunidad indígena, debido a la posibilidad de generar alteraciones sobre la diversidad biológica, así como a la sanidad animal y vegetal”, señaló la Corte.
La consulta se llevará a cabo los días 9 y 10 de julio, como se programó por la Semarnat, aunque será, de acuerdo con los pueblos amparados, fuera de los parámetros que indicó la Corte.
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