Así trata el sector salud de Sinaloa a las mujeres víctimas de violencia
Debido a su prevalencia, efectos nocivos y fatales, la violencia contra la mujer es considerado un problema de salud pública

Cuando María decidió abortar, conociendo su derecho a la interrupción legal del embarazo, acudió junto a su mejor amiga a un hospital público para hacerlo. La atendió una trabajadora social y una recepcionista, le cuestionaron los motivos para interrumpir su embarazo. Después de que María les explicó, la trabajadora social fue a buscar al doctor y dejó a María y su amiga a solas con la recepcionista, quien comenzó a hacerle comentarios religiosos sobre su decisión.
Al escucharla, María lloró en medio de la recepción del hospital, donde los demás pacientes la observaban.
La trabajadora social llegó acompañada de una enfermera y un enfermero, los cuales volvieron a pedirle explicaciones por la decisión que había tomado de interrumpir su embarazo, María ya no quería hablar, apenas respondió sus preguntas y tuvo que dar explicaciones.
Mientras gente entraba y salía del hospital, los cinco trabajadores del nosocomio intentaron hacer que María cambiara de decisión, la culparon por no haber usado un método anticonceptivo y la acusaron de ser egoísta.
Eso fue demasiado para la mujer, así que enojadas ella y su amiga decidieron salir del hospital para no volver.
Eso, de acuerdo con activistas feministas, es revictimización y criminalización de una mujer que buscaba hacer valer sus derechos.
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Desde la aprobación de la interrupción legal y voluntaria del embarazo en Sinaloa, múltiples colectivas feministas han alzado la voz para denunciar faltas a los derechos humanos de niñas, adolescentes y mujeres que acuden a abortar en instituciones de salud públicas.
Sin embargo, no solo es en la interrupción legal del embarazo, sino que han señalado diversos inclumplimientos de la Secretaría de Salud a los órdenes jurídicos que marcan la correcta atención en caso niñas, adolescentes y mujeres víctimas de violencia sexual y/o familiar.
“Eso nos dice que si bien ya vamos avanzando, todavía nos falta mucho en el tema del buen trato, del respeto y dignidad de adolescentes, niñas y mujeres”, señaló la activista feminista Mariel Yee.
Normalmente se analiza la violencia contra la mujer bajo la lupa de la seguridad ciudadana como feminicidios, violencia familiar, violencia sexual, lesiones, entre otros, mas no el papel que tiene el sector salud en la prevención y atención de una niña, adolescente o mujer que ha sido violentada.
Las consecuencias de esta violencia en el sector salud pueden ser fatales, teniendo como resultado el suicidio, violencia obstétrica, mortalidad materna y muerte por VIH SIDA, así como otras consecuencias no fatales como lesiones, incapacidad permanente, estrés postraumático, depresión, ansiedad, trastorno de pánico, disfunciones sexuales, baja autoestima, trastornos de alimentación, abuso de sustancias, embarazo no deseado, enfermedades transmisión sexual y trastornos ginecológicos.
Debido a su prevalencia, efectos nocivos y fatales, la violencia contra la mujer es considerado un problema de salud pública, y así ha sido mencionado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y establecido en la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046-SSA2-2005).
De acuerdo con la OMS, alrededor de una de cada tres (35%) mujeres en el mundo han sufrido violencia física y/o sexual de pareja o violencia sexual por terceros en algún momento de su vida
Para prevenir y atender estas situaciones, el sector salud juega un papel importante, pues de acuerdo con la NOM-046 y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, hay una serie de acciones que debe realizar el sector salud público y privado.
Registro y aviso al Ministerio Público
Entre estas acciones establecidas en la NOM 046 está la detección y registro de casos de violencia familiar y sexual, así como la canalización a las áreas de competencia, de personas involucradas en violencia familiar o sexual, a fin de que se proporcione atención médica, psicológica, legal, de asistencia social u otras.
“ 5.11. Las instituciones del sector público, social y privado que otorguen atención médica a las o los usuarios involucrados en situación de violencia familiar o sexual, deberán registrar cada caso y notificarlo a la Secretaría de Salud, conforme a lo establecido en el numeral 7 de esta norma y las demás disposiciones aplicables”
“6.5.3. Ante lesiones que en un momento dado pongan en peligro la vida, provoquen daño a la integridad corporal, incapacidad médica de la o el usuario afectado por violencia familiar y/o sexual o la existencia de riesgo en su traslado, se dará aviso de manera inmediata al Ministerio Público”
Indica la NOM 046
En el caso de este registro, aunque es su obligación, la Secretaría de Salud de Sinaloa no cuenta con un protocolo de atención y una base de datos unificada al del gobierno federal, así como lo establece la NOM-046.
“Estamos cada vez más afinando un protocolo, creo que uno de los problemas que tiene el sector salud es que no tiene uniformado, podemos decir, no solamente el protocolo, sino que el propio registro de pacientes en general, no lo tiene en una sola base de datos”, dijo la secretaria de las Mujeres, Teresa Guerra Ochoa.
“Nosotros hemos estado platicando con el secretario de salud para que lo que mandata la norma 046, que todos los casos de violencia contra mujeres se dé parte al Ministerio Público, fuera realmente que se cumpla, en eso estamos, obviamente esto nos va a llevar un tiempo porque necesitamos que toda esa base de datos esté integrada a un solo registro y que los casos de mujeres se tenga internamente el mecanismo para darle vista al Ministerio Público”, agregó.
La activista feminista Mariel Yee expresó que esto es un tema de falta de capacitación, pues no se le explica al personal de salud el cómo debe actuar a la hora de atender a mujeres con claros signos de violencia.
“Cuándo en teoría todas las clínicas y hospitales en su área legal deben recibir la capacitación del protocolo a implementar cuando hay una mujer que presenta señales de violencia, porque es su responsabilidad avisar a las autoridades”, mencionó.
Al fundarse la Secretaría de las Mujeres de Sinaloa en 2021, su titular, María Teresa Guerra Ochoa, dijo que una de las tareas principales para atender la violencia contra la mujer será trabajando de la mano con las diferentes Secretarías, entre ellas la Secretaría de Salud para capacitar al personal de los hospitales y que logren detectar y atender a una niña o mujer que ha sido violentada.
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Por su parte, la Secretaría de Salud de Sinaloa, en agosto del presente año se sumó al pronunciamiento nacional de “Cero tolerancia al hostigamiento sexual y acoso sexual”.
El secretario de salud, Cuitláhuac González Galindo, dijo que el registro unificado de atención de mujeres víctimas de violencia es un tema ya se encuentra en revisión.
“Algo que yo tengo muy claro, no debe haber violencia ni de género, ni hospitalaria, yo siempre les digo a los estudiantes, ustedes deben de aprender a tratar al paciente como si fuera su familiar, tanto en privado como en institución, el paciente no debe tener ninguna diferencia de trato”, dijo.
La Norma Oficial Mexicana entró en vigor desde el 2005 y es de observancia obligatoria para las instituciones del Sistema Nacional de Salud, así como para los y las prestadoras de servicios de salud de los sectores público, social y privado que componen el Sistema Nacional de Salud. “Su incumplimiento dará origen a sanción penal, civil o administrativa que corresponda, conforme a las disposiciones legales aplicables”, se lee en la misma.
Interrupción del embarazo en caso de violación
De acuerdo con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, las órdenes de protección administrativas deberán canalizar y trasladar a las mujeres o a las niñas en situación de violencia sexual a las instituciones que integran el sistema nacional de salud para que provean gratuita e inmediatamente de:
- Aplicación de antirretrovirales de profilaxis post-exposición
- Anticoncepción de emergencia
- Interrupción legal y voluntaria del embarazo en el caso de violación
De acuerdo con la colectiva “No se Metan con Nuestras Hijas”, no se está cumpliendo esta obligación por parte de los servicios de salud en Sinaloa, pues a una víctima de violación no se le ofrece la opción de interrumpir su embarazo.
“Tú debes atender el embarazo, ofrecer la interrupción legal del embarazo en menores de 15 y a toda víctima de violación (…) no lo hacen, no los ofrecen porque para ellas y ellos es una bendición el embarazo aunque sea una violación y eso habla del conservadurismo y esta educación con oscurantismo y contraria al respeto de los derechos humanos de las niñas, adolescentes y mujeres”, dijo Priscila Salas.
Por lo tanto, señaló Priscila Salas, el no cumplir con el protocolo de atención por parte de los servicios médicos, es una obstaculización de la justicia.
“Llega una niña violada, por ejemplo, tú le ofreces la interrupción legal del embarazo y tu tienes además una prueba irrefutable para meter a ese violador a la cárcel, porque le haces la interrupción y tienes pruebas genéticas”, mencionó.
Mariel Yee mencionó que se continúa criminzalizando a las mujeres, no solo a quienes buscan la interrupción legal del embarazo por violación, sino a mujeres que acuden para interrumpir el embarazo sin esta causal.
“Eso nos dice que si bien ya vamos avanzando en el tema, todavía nos falta mucho en el tema del buen trato, del respeto y dignidad de adolescentes, niñas y mujeres que desean interrumpir los procesos de embarazo”, dijo.
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Este, agregó, es un tema de falta de organización interna de los hospitales, pues las mujeres tienen que explicar su caso a diferentes personas o directivos del hospital para poder acceder a su derecho, cuando eso las revictimiza.

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