Culiacán.- Con el objetivo de dar seguimiento a la salud y los procesos de selección de las mujeres que rentan su vientre en los procesos de la maternidad subrogada, la Secretaría de las Mujeres busca regular esta práctica en Sinaloa.

La secretaria de las Mujeres, María Teresa Guerra Ochoa, explicó que se instalará una mesa de trabajo junto a la Secretaría de Salud y el Congreso del Estado para hacer una revisión de la normativa, pues existen algunas lagunas en la ley y aunque no hay datos de cuántos casos se han dado en Sinaloa de maternidad subrogada, se sabe que es uno de los Estados donde más se realiza esta práctica.

“Sabemos que hay vacíos legales, que Sinaloa sigue siendo una entidad que tiene mucho turismo médico no solo por cirugías estéticas, sino también el tema de vientre de alquiler y pensamos que debe haber un seguimiento de los casos”, dijo.

LEER MÁS: ¿Qué es la maternidad subrogada?

Dijo que no se busca prohibir la práctica en Sinaloa, sino regular y tener mecanismos de fiscalización y un mejor seguimiento a los casos para evitar que se violenten derechos, pues la maternidad subrogada es atravesada por un tema de clasismo donde las mujeres que rentan su vientre muchas veces son de escasos recursos. 

“Si el debate nos lleva a qué restricciones se deben de tener, eso será a partir del análisis, pero el primer paso es que tenga una mejor regulación, una mejor fiscalización y un mejor seguimiento, no puede quedar tan libre como está”, mencionó.

Cabe mencionar que, organismos civiles como Vía Familia han señalado con anterioridad que en Sinaloa la Maternidad Subrogada tiene muchos vacíos legales que ponen en riesgo a la mujer que alquila su vientre.

¿Qué es la maternidad subrogada?

Sinaloa es uno de los dos únicos estados de México que permiten la maternidad subrogada o gestación subrogada.

En el artículo 283 del Código Familiar del Estado de Sinaloa se define a la maternidad subrogada como una práctica médica mediante la cual una mujer gesta el producto fecundado por un hombre y una mujer.

Existen cuatro modalidades de subrogación que están reguladas por el Código Familiar de Sinaloa:

  • Subrogación total: Implica que la mujer gestante sea inseminada aportando sus propios óvulos, y que después de la gestación y el parto, entregue el hijo a la pareja o persona contratante.
  • Subrogación parcial: Se da cuando la gestadora es contratada exclusivamente para portar en su vientre un embrión fecundado in vitro que le ha sido trasplantado, pero que proviene de la unión de espermatozoide y óvulo de la pareja o persona contratante.
  • Subrogación onerosa: Es cuando una mujer acepta embarazarse en lugar de otra, tal y como si se tratase de un servicio, por el cual se paga una cantidad cierta y determinada, además de los gastos de la gestación.
  • Subrogación altruista: Es la que se da cuando una mujer acepta gestar por cuenta de otra de manera gratuita.