Culiacán, Sin.- Desde la preocupación por la evidente inacción local para la prevención de las violencias machistas contra las mujeres se ha indagado (desde solicitudes de información y la revisión de sitios web oficiales) sobre el cumplimiento de las obligaciones de armonizar o emitir el orden jurídico necesario para poder prevenir, atender, sancionar y erradicar las violencias de género en los 18 municipios del estado.

Hemos encontrado que en Sinaloa los alcaldes y alcaldesas de los distintos municipios han omitido procesos de armonización legislativa municipal. Sólo el municipio de Ahome y el municipio de Culiacán cuentan con algún reglamento que resulte aplicable como parte de la institucionalización y transversalidad de la perspectiva de género en la administración y políticas públicas municipales. Estos hallazgos nos resultan preocupantes.

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Estos son los reglamentos existen en Culiacán y Ahome:
Reglamento de atención y prevención de la violencia 
Bando de policía y gobierno
Reglamento de igualdad
Reglamento de  acceso a una vida libre de violencia

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Lo anterior a pesar de que existe una obligación jurídica y de compromiso ético de atender los principios rectores de no discriminación, autodeterminación, libertad e igualdad de las mujeres, respeto a la dignidad de las mujeres, así como la incorporación de la perspectiva de género en sus políticas públicas para garantizar en sus territorios el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, dentro de un ambiente de construcción de paz que impulse su desarrollo y bienestar.

Sabemos que en razón a lo dispuesto por el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el municipio está investido de personalidad jurídica y patrimonio propio y que es susceptible de derechos y obligaciones, autónomo en su régimen interno y con capacidad para organizar y regular su funcionamiento; que el ayuntamiento es el órgano supremo del gobierno municipal, que administra libremente su hacienda y está facultado para expedir la normatividad que regule su actuar y el de sus habitantes. 

Por otra parte, sería de una tremenda estulticia justificar estas gravísimas omisiones con la idea de que en los municipios no se tiene un problema grave de violencia contras las mujeres, desigualdades o que la prevención, atención y erradicación de la misma no es competencia del gobierno municipal sino únicamente del gobierno estatal. Puesto que se ha visto que las competencias estatales y municipales se han ido ampliando para fortalecer a sus instituciones a fin de que contribuyan al adelanto de las mujeres, teniendo en cuenta la importancia de la armonización legislativa tanto nacional como estatal y municipal, desde un enfoque de derechos humanos y una perspectiva de género.

Al no llevarse a cabo el proceso de armonización además de incumplirse con la obligación de ley para hacerlo, también se da pie a que los ayuntamientos omitan planificar política pública para prevenir y atender las violencias, así como para lograr la igualdad y el acceso a una vida libre de violencia. también lugar a que los alcaldes y alcaldesas a partir de la falta de soporte jurídico municipal argumentan que no es obligación del municipio establecer este tipos de acciones sino del gobierno del estado.

Además sin el andamiaje jurídico se impide que se instale el mecanismo interinstitucional necesario para coordinar esfuerzos, instrumentos, políticas, servicios y acciones para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia a nivel local tales como el sistema municipal.

En el ámbito municipal la armonización legislativa deberá reflejarse no únicamente con la emisión de reglamentos sino también en toda la normatividad aplicable, considerando para ello el Bando municipal y el Reglamento de la Administración Pública del Municipio, en entre otros que resulten aplicables, como parte de la institucionalización y transversalidad de la perspectiva de género en la administración y políticas públicas municipales.

Los alcaldes y alcaldesas que gobiernan los municipios del estado,  deben urgentemente realizar las acciones necesarias para remediar esta grave omisión y comenzar a tomar responsabilidad sobre el diseño y presupuestación adecuada de las políticas para el acceso a la igualdad y a una vida libre de violencias de las mujeres sinaloenses de todos los municipios.

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Priscila Rebeca Salas Espinoza es defensora feminista de los derechos humanos de las mujeres, socióloga  y vocera de la colectiva No se metan con nuestras hijas.