Por Sibely Cañedo

Desde las reformas en 2015 que dieron origen al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), la ciudadanía en general sigue sin entender para qué sirve.

No se percibe una disminución de la corrupción ni avances sustanciales en las capacidades de prevención, de investigación y sanción a los responsables, mucho menos se han logrado acuerdos de reparación del daño a las arcas públicas que realmente impacten a la población.

Lo que ha prevalecido es un ambiente de confrontación política alrededor de la agenda anticorrupción, donde hay resistencia de los poderes tanto institucionales como fácticos a permitir el libre avance del poder ciudadano en esta materia.

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Esto pudiera responder de alguna manera a la pregunta de qué ha pasado con el Sistema Anticorrupción en México y qué factores han impedido el cabal cumplimiento de sus objetivos.

 De acuerdo con el Índice de Percepción de la Corrupción 2022, México fue el peor evaluado entre los países de la OCDE (Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico), estancado por tres años con una puntuación de 31 de cien posibles. [1]

En materia penal, las fiscalías estatales anticorrupción en México se encuentran lejos de los ideales de autonomía y eficacia que les dieron origen.

De 19,289 denuncias de corrupción presentadas en 2022, solo 4.3% llegaron ante un juez y 0.2% obtuvieron una sentencia, según datos recabados por el Instituto Mexicano para la Competitividad y la asociación Tojil. [2] 

Y no es diferente el panorama en las denuncias administrativas.

Del mismo modo, preocupa la desarticulación de los comités de participación ciudadana, que en gran parte de los estados se encuentran inoperantes con el mínimo de integrantes ante la parálisis de las comisiones de selección, falta de presupuestos y de interés de los grupos políticos para su reactivación.

 Para ejemplificar, basta observar la experiencia de Sinaloa, donde el CPC cuenta solo con dos de cinco miembros; carece de legitimidad ante la ciudadanía por el escándalo en que se vio envuelto su presidente, Sergio Avendaño, al litigar a favor de un funcionario acusado de corrupción, además de su casi nula vinculación con la sociedad civil.

Hay que recordar que el SNA se integra por el Instituto Nacional de Transparencia y Protección de Datos Personales (INAI); Secretaría de la Función Pública; la Auditoría Superior de la Federación; la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; el Consejo de la Judicatura Federal; el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

 A los que se une el Comité de Participación Ciudadana como un ente coordinador y de vinculación con la ciudadanía. Esquema que se repite en los estados.

Desde la sociedad civil se tiene que claro que un mecanismo de coordinación es necesario en un Estado federalizado como el de México, en el que existen 32 entidades federativas, 2 mil 446 municipios, cientos de entidades públicas y más de 6 mil 500 órganos internos de control. 

Así, es primordial la función del SNA y sus homólogos estatales para sentar las bases de una estructura institucional que logre abatir las prácticas de deshonestidad y abuso del recurso público, que han persistido como una norma generalizada y perniciosa para todos los ámbitos de la vida pública.

Posturas encontradas en el combate a la corrupción

También es cierto que lo que pasa con el SNA y los sistemas estatales debe entenderse no solo por el deber ser plasmado en las leyes, sino a la luz de una agenda oculta en la que priva la confrontación entre al menos tres enfoques distintos de abordar el combate a la corrupción y que tienen que ver con posturas e intereses muy definidos.

Para efectos de este análisis se plantean los enfoques siguientes:

  1. Político-electoral,
  2. Burocrático-proteccionista y
  3. Autónomo-ciudadano.

En el primer enfoque, el combate a la corrupción se concibe más como una acción política vertical, que se ejerce de manera selectiva desde el poder, que como un proceso de justicia institucional en el que participan ciudadanos y organismos autónomos.

Se castigan opositores políticos, se utiliza la información como objeto de negociaciones en la cúpula, se favorece la opacidad y la discrecionalidad.

Bandera del gobierno de la Cuarta Transformación, la lucha anticorrupción no es producto de la Política Nacional Anticorrupción, sino de las decisiones de un gobierno que presume de “no ser igual” que los anteriores, pero que en los hechos sigue utilizando las mismas estrategias y prácticas de abuso de poder.

Pasa a nivel nacional y estatal. Y se pone de manifiesto como “efecto cascada” con el nombramiento de Alejandro Gertz Manero en la Fiscalía General de la República, incondicional del Presidente Andrés Manuel López Obrador, donde la autonomía queda fuera de la ecuación y la justicia es moneda de cambio para intereses personales o de tipo político-electorero.

En esta visión, la participación de organizaciones de la sociedad civil y de instituciones autónomas es siempre sospechosa de golpista, conservadora o resabio de gobiernos pasados.

Visión burocrática y tecnicista

Muy vinculada a la anterior, la segunda perspectiva se trata de una visión burocrática y restringida al aspecto técnico, la cual minimiza la importancia de las sanciones y de la justicia en este tipo de casos, donde la víctima no es un particular sino toda la sociedad.

En Sinaloa, por ejemplo, de las 357 quejas recibidas en 2022 por la Secretaría de Transparencia y Rendición de Cuentas solo hubo amonestaciones, puesto que no eran faltas sancionables, según lo manifestó la secretaria María Guadalupe Ramírez Zepeda al rendir su primer informe de labores dentro del actual gobierno estatal de Rubén Rocha Moya.[3]

A pesar de que ha sido una petición recurrente, tampoco se han visto avances en las investigaciones pendientes de resolución desde administraciones anteriores.

Como muestra, el pasado 27 de febrero se cumplieron 3 años de que Iniciativa Sinaloa presentó una denuncia administrativa ante la STyRC, por las irregularidades detectadas en la investigación Precasin, la caja negra del Gobierno de Sinaloa, publicada el 11 de noviembre de 2019, sin que hasta la fecha se haya dado una resolución con todo y que la organización presentó un amparo y obtuvo un fallo favorable.

En tanto, el pasado 15 de marzo, durante la presentación del programa de implementación de la Política Estatal Anticorrupción tanto la secretaria Ramírez Zepeda como el presidente del actual CPC, Sergio Avendaño, enfatizaron en que el propósito del sistema anticorrupción no es sancionar o meter a nadie a la cárcel, sino ser una instancia de “coordinación” y prevención.

Lo anterior llama la atención cuando la Constitución en su artículo 113 indica que la función del SNA es coordinar a actores sociales y a autoridades de los distintos órdenes de gobierno, a fin de prevenir, investigar y sancionar la corrupción.

La interpretación burocrática se centra en la “prevención” con actividades como capacitaciones, diseño de protocolos, programas y otras tareas administrativas, dejando en último término la acción de la justicia, la atención de las denuncias ciudadanas y las consecuencias para funcionarios o particulares responsables de caer en prácticas corruptas.

Sabido es que uno de los principios del derecho es la disuasión a través de la penalización del delito, a fin de que la sociedad –en este caso los funcionarios– al ver las consecuencias carezca de incentivos para cometer ilícitos.

Sin embargo, el camino de la denuncia – sea por la vía penal o administrativa– ha estado lleno de obstáculos y ha sido ineficaz, lo que desincentiva a las y los ciudadanos dispuestos a denunciar, repitiendo el círculo vicioso de la ilegalidad y favoreciendo de nuevo a los corruptos. 

Si bien es cierto, esto no es función propia del CPC, sí forma parte del sistema en su totalidad, creado para prevenir, investigar y sancionar este tipo de hechos o de faltas administrativas en relación con el abuso de poder para beneficio privado.

No es casual que esa visión proteccionista provenga de los mismos servidores públicos, subordinados en gran medida al poder político, del cual dependen sus puestos de trabajo y con los que se ha tejido toda una cadena de favores y compromisos. Por lo cual se ha insistido en que los órganos de participación civil, como el CPC, no deben ser acaparados por este sector.

Ciudadanos en confrontación con el poder

Finalmente, el enfoque ciudadano del combate a la corrupción no puede avanzar si no es en confrontación con los dos esquemas anteriores, en todo momento a contracorriente del poder institucionalizado y fáctico.

En este esquema, la ciudadanía es el centro de la política anticorrupción a través de una nueva cultura de la legalidad y corresponsabilidad. 

Se busca un sistema anticorrupción operativo, que brinde resultados concretos, como la reducción de la corrupción y la aplicación de los recursos públicos en los bienes comunes y la mejora de calidad de vida, a través de la transparencia, la rendición de cuentas y la contraloría social.

Incluye el hacer justicia para la ciudadanía y la aplicación de sanciones proporcionales a las faltas cometidas, no solo con una actitud punitivista a través del castigo, sino logrando acuerdos reparadores, contrario a lo que ha ocurrido hasta el momento en que el pueblo prácticamente no ha sido resarcido.

A diferencia de los anteriores, en este enfoque, la eficacia en el combate a la corrupción se logra a través de instituciones sólidas y autónomas que no respondan a intereses políticos o de otro tipo, sino que actúen con profesionalismo y ética, de manera sistemática e independiente de los gobiernos en turno. 

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Difícil tarea la de los organismos de la sociedad civil, ante esto concluimos que no es opción el dar marcha atrás con la instalación de un sistema anticorrupción como el que se está empezando a forjar, sino empujar para que los intereses de la ciudadanía ocupen posiciones preponderantes y puedan incidir así en gobiernos más abiertos, transparentes y eficaces.

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[1] Transparencia Mexicana. (2023). Se estanca México en percepción de la corrupción: Transparencia Mexicana. Obtenido de https://www.tm.org.mx/ipc2022/

[2] IMCO. (2022). Persisten los desafíos en la operación de las fiscalías estatales anticorrupción. IMCO y Tojil. Obtenido de https://imco.org.mx/persisten-los-desafios-en-la-operacion-de-las-fiscalias-estatales-anticorrupcion-en-mexico/

[3] Redacción Riodoce. (2023). Secretaría de Transparencia: mucha capacitación y escaso combate a la corrupción. Riodoce, Portada. Obtenido de https://riodoce.mx/2023/01/31/secretaria-de-transparencia-mucha-capacitacion-escaso-combate-a-la-corrupcion/

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