Culiacán, Sinaloa.-  El día de hoy, el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprobó el acuerdo para asignar a la Comisión de Prerrogativas de Partidos Políticos el procedimiento de cancelación de registro del Partido Encuentro Solidario (PES) en la entidad, con lo cual, se marca la posible desaparición del PES en Sinaloa, al no cumplir con el porcentaje de votación mínimo establecido por la legislación.

En sesión ordinaria del Consejo General del IEES, Óscar Sánchez Félix, consejero titular de la Comisión de Prerrogativas de Partidos Políticos, explicó que será dicha comisión la encargada de dar inicio a las actividades y procedimientos de la posible liquidación y cancelación de registro del partido político mencionado.

Mencionó que dicha comisión podrá establecer las previsiones necesarias para salvaguardar los recursos del partido político y los intereses del orden público, así como los derechos de terceros.

Mientras tanto, el partido político se encontrará en un periodo de prevención durante el cual solo puede pagar gastos relacionados con nóminas e impuestos, por lo que deberá suspender cualquier pago a proveedores y prestadores de servicios, de igual forma, serán nulos los contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones celebradas, adquiridas o realizadas durante el periodo de prevención.

“El partido político (…)  entrará en un periodo de prevención que será el comprendido a partir de los cómputos que realicen los consejos distritales del instituto, se desprende que un partido político nacional o local no obtuvo el 3% de la votación y hasta que, en su caso, el tribunal electoral confirme la declaración de pérdida de registro por los órganos respectivos”, agregó.

 

Esto se sustenta en diferentes leyes y reglamentos electorales como el artículo 50 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, que establece que los partidos políticos estatales perderán su registro por no haber alcanzado el 3% de la votación emitida en cualquiera de las elecciones. Asimismo, el artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos especifica que una de las causas de pérdida de registro es no obtener al menos el 3% de la votación válida emitida en alguna de las elecciones de gobernador, diputaciones locales o ayuntamientos.

Óscar Sánchez, explicó que fue el 20 de junio del 2024, cuando el consejero presidente del IEES, Arturo Fajardo Mejía, mediante oficio, notificó al PES que se encontraba en el supuesto previsto por el artículo 50, fracción primera de la Ley de Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa al no haber alcanzado el 3% de la votación estatal emitida en cualquiera de las elecciones que se realizaron.

De acuerdo al artículo 53 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Sinaloa, una vez iniciado el procedimiento, se deberá llamar al partido político para que dentro de un plazo de treinta días comparezca y haga valer los argumentos que considere pertinentes y aporte pruebas. 

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