Culiacán, Sinaloa.- El Partido Revolucionario Institucional en Sionaloa se ha quedado con solo dos de tres diputaciones plurinominales para la LXV Legislatura local, esto luego de que la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Federal Electoral resolviera quitarle la posición a Irma Moreno Ovalles y otorgarla al PT.
Con esta decisión, será el dirigente estatal del PT y exdiputado federal, Leobardo Alcántara Martínez quien se quede con dicha curul.
Con esta modificación en la asignación de diputaciones plurinominales que había hecho el instituto electoral local, el PRI, que se perfilaba como la segunda fuerza política con tres diputaciones, solo conserva las posiciones de la dirigente Paola Gárate y Bernardino Antelo.
Por su parte, el PT amplía a dos el número de curules que tendrá en la próxima legislatura en Sinaloa, pues Leobardo Alcántara se sumará a Moncerrat López López.
Morena permanecer con las seis diputaciones pluris ya asignadas:
1. María Teresa Guerra Ochoa
2. Eligió López Portillo
3. Almendra Ernestina Negrete Sánchez
4. Manuel de Jesús Guerrero Verdugo
5. Reynalda Leyva Urías
6. Miguel Ángel Gutiérrez Sánchez
El resto de los partidos quedan de la siguiente forma:
Partido Acción Nacional:
Roxana Rubio Valdez
Jorge Antonio González Flores
Movimiento Ciudadano:
Elizabeth Rafaela Montoya Ojeda
Sergio Torres Félix
Partido Sinaloense:
Jesús Angélica Díaz Quiñónez
Víctor Antonio Corrales Burgueño
Partido Revolucionario Institucional:
Paola Iveth Gárate Valenzuela
Bernardino Antelo Esper
Partido del Trabajo:
Moncerrat López López
Leobardo Alcántara Martínez
La resolución dejó sin efecto la asignación para Irma Guadalupe Moreno Ovalles y Martha Ofelia Meza Escalante, como diputadas propietaria y suplente, respectivamente.
La sentencia de la Sala Regional revocó la asignación ya citada, contenida en los recursos de impugnación de la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, del 07 de agosto pasado, dictada en los expedientes: TESIN-JDP-46/2024, TESIN-JDP-47/2024, TESIN-REC-01/2024, TESIN-JDP-48/2024 y TESIN-REC-02/2024.
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