Culiacán.- La Secretaría de Salud de Sinaloa informó que hasta diciembre de 2024 se han notificado 146 contratos de maternidad subrogada desde la implementación del marco legal en enero de 2017. Esta práctica está regulada en los artículos 282 al 297 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, en el Capítulo V, que aborda la Reproducción Humana Asistida y la Gestación Subrogada.
Marco legal en Sinaloa
Según el artículo 293 del código familiar sinaloense: “Una vez suscrito el instrumento, deberá ser notificado a la Secretaría de Salud y al oficial del registro civil, para que el estado del menor nacido mediante esta práctica sea reconocido en su filiación como hijo de sus progenitores biológicos desde el momento de la fecundación”.
Con esta legislación, Sinaloa y Tabasco son los únicos estados en México que contemplan de manera específica la gestación subrogada en sus códigos.
Proceso de subrogación
La maternidad subrogada implica que una mujer geste un bebé que se desarrolla a partir de un embrión formado con gametos donados. Este procedimiento está dirigido a personas que, tras una evaluación clínica, se determina que no pueden ser madres biológicas.
Requisitos para las madres gestantes:
- Tener entre 25 y 35 años de edad.
- No presentar adicciones ni condiciones médicas que pongan en riesgo su salud o la del bebé.
- El proceso inicia con un historial clínico detallado y culmina con la firma de un contrato que garantiza derechos y obligaciones tanto para la madre gestante como para los futuros padres.
En México, la regulación de la gestación subrogada sigue siendo limitada. Sinaloa y Tabasco lideran en la implementación de normativas específicas, mientras que en el resto del país, esta práctica opera en un marco legal ambiguo.
Con los 146 contratos registrados en Sinaloa, se subraya la importancia de contar con legislaciones claras que ofrezcan seguridad jurídica tanto a las familias como a las madres gestantes, promoviendo un acceso ético y regulado a la reproducción asistida.
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