Culiacán, Sin.- Diputadas y diputados de la 65 Legislatura del Congreso del Estado de Sinaloa dieron lectura a cuatro nuevas iniciativas, una de las cuales propone reformas, adiciones y derogaciones en materia penal sobre tema sexual para proteger a niñas, niños y adolescentes.

Las iniciativas leídas son las siguientes:

*Iniciativa presentada por el Grupo Parlamentario de Morena, que propone reformar los artículos 183, párrafo primero, 183 Bis, 183 Bis A 183 Bis B, párrafo segundo; 185 Bis C, párrafos primero, quinto y séptimo, y 186 Bis, adicionar el artículo 180 Bis, y derogar el capítulo IV, denominado “Estupro” del Título Octavo del Libro segundo; los artículos 184 y 186, párrafo segundo, todos del Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de delitos contra la libertad sexual y su normal desarrollo.

Tiene como objeto garantizar proteger a las personas adolescentes frente a los abusos y de las consecuencias que pueden darse, al no ser plenamente conscientes en el momento de iniciar la actividad sexual temprana, la importancia de su normal desarrollo y la necesidad de que se respeten los derechos que tienen.

Lo anterior debido a que la víctima puede ser atraída a la actividad sexual por parte de adultos mayores a cambio de bienes y favores, y en ambientes sociales desfavorables se ven especialmente en riesgo.

Se propone derogar lo relativo al delito de “estupro” debido a que quien agrede no necesita obtener el consentimiento de la víctima por medio de engaño, ya que basta la intimidación o cualquier tipo de presión propia de la edad superior para ser sometidas a pretensiones de índole sexual.

En su lugar, se propone que se sancione como violación equiparada, bajo los estándares internacionales y de la realidad social, como un elemento vinculado estrechamente al derecho de igualdad, no discriminación y una vida libre de violencia, entre otras modificaciones.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PVEM, que propone reformar la fracción XI y adicionar la fracción XI Bis al artículo 8 de la Ley estatal de Cambio Climático, en materia de garantizar la participación municipal en la vigilancia y sanción en materia de cambio climático y promover la educación ambiental en escuelas.

En lo relativo al artículo 8, en donde se establecen las atribuciones de los Ayuntamientos sobre la materia, la propuesta es incluirle la siguiente atribución:

“Realizar visitas periódicas a las escuelas para sensibilizar a los estudiantes sobre la importancia de cuidar el medio ambiente, a través de actividades como reforestaciones, campañas de reciclaje y educación ambiental”.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario de Morena, que propone se declare Recinto Oficial Provisional de los Poderes del Estado de Sinaloa el puerto de Topolobampo, del municipio de Ahome, el día 04 de marzo de 2026.

Tiene como propósito conmemorar el 112 Aniversario del inicio de la Batalla Naval de Topolobampo.

Esta batalla fue una serie de combates navales, librados entre el 4 de marzo y el 16 de junio de 1914 durante la Revolución Mexicana. Estos combates protagonizados entre el buque rebelde Tampico –liderado por Hilario Rodríguez Malpica, primer marino constitucionalista y su tripulación, quienes desconocieron al Gobierno del usurpador Victoriano Huerta tras el asesinato del presidente Francisco l. Madero– y los buques Guerrero y Morelos del Gobierno golpista.

Se recuerda que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de Sinaloa, tuvo a bien expedir el Decreto No. 683 que otorga la distinción y declara al Puerto de Topolobampo, Ahome, Sinaloa, “Puerto Heroico”, el 10 de septiembre de 2021, sin haberse realizado ninguna ceremonia para conmemorar tal acontecimiento, por lo cual de aprobarse el traslado provisional de los Poderes públicos, sería una oportunidad inmejorable para resaltar esa fecha histórica.

*Iniciativa del Grupo Parlamentario del PAS y las ciudadanas Rosa Emma Contreras Villapudua y Paula Liliana Díaz Quiñónez, que propone adicionar el artículo 207 Bis C al Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de exentar del pago de infracciones y derechos por arrastre, almacenaje y maniobras a las personas víctimas del robo de vehículo que recuperen su unidad.

El citado artículo establece que:

“Al que se apodere de un vehículo automotor ajeno, sin derecho y sin consentimiento de la persona que pueda disponer de él con arreglo a la ley se le impondrá de cinco a quince años de prisión y de trescientos cincuenta a quinientos cincuenta días multa.

La adición que se propone establece que:

“Tratándose de vehículos robados, recuperados y que hayan sido ingresados a un depósito vehicular, deberá exentarse del pago de infracciones y derechos por arrastre, almacenaje y maniobras del vehículo generadas con motivo del robo, siempre y cuando la persona propietaria o la persona legitimada para solicitar su entrega, exhiba en original la constancia emitida de reporte de robo de vehículo de motor expedida por la autoridad competente en la cual conste que se interpuso la denuncia formal y siempre que obre en su poder la constancia de devolución o liberación de vehículo robado expedida por la autoridad correspondiente”.

En un artículo transitorio también se propone que los Ayuntamientos del Estado de Sinaloa deberán incorporar en sus iniciativas de Ley de Ingresos, la disposición que exceptúe del pago de infracciones, derechos por arrastre, maniobras y almacenaje de vehículos robados y recuperados, conforme a lo previsto.

MÁS NOTAS SOBR CONGRESO DEL ESTADO: