Culiacán, Sin.- Luego de que un análisis de ESPEJO revelara que actores políticos en Sinaloa han pagado hasta 904 mil pesos en publicidad en Meta para posicionar su imagen, autoridades electorales reconocen que estas estrategias se mueven en una zona gris de la legislación electoral, donde por ahora no necesariamente se configura un delito ni actos anticipados de campaña.
Así lo explicó Martín González Burgos, consejero del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) y presidente de la Comisión de Quejas y Denuncias, quien señaló que la legislación actual deja márgenes donde estas prácticas pueden ocurrir sin sanción, siempre que no exista un llamado explícito al voto.
A más de un año del inicio formal del proceso electoral de 2027, diversas figuras políticas en Sinaloa ya pagan publicidad en redes sociales para difundir su imagen y actividades públicas, una estrategia que oscila entre la comunicación institucional y el posicionamiento político.
Aunque estas prácticas generan cuestionamientos sobre posibles actos anticipados de campaña, las autoridades electorales reconocen que la frontera entre informar y promocionarse es cada vez más difusa, especialmente en redes sociales. Sin embargo, mientras no se solicite el voto de manera explícita, no puede configurarse una infracción.
“Las autoridades electorales tenemos que regirnos por el principio de legalidad. Si no hay plataformas electorales ni llamados expresos al voto, no podemos sancionar”, explicó González Burgos.
El consejero agregó que recientemente el IEES resolvió un caso similar en el que dos partidos denunciaron a un funcionario público por presunta promoción anticipada.
“Tenemos que aplicar lo que establece la ley y respetar los criterios que ya ha fijado el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, señaló.
¿Qué dice la ley?
El consejero presidente del IEES, Arturo Fajardo Mejía, explicó que la legislación electoral establece límites claros para determinar cuándo se configura una infracción.
En Sinaloa, los actos anticipados de precampaña solo pueden configurarse una vez iniciado formalmente el proceso electoral, lo cual ocurrirá hasta diciembre de 2026, cuando el Congreso del Estado emita la convocatoria a elecciones.
“El acto anticipado de campaña se puede analizar en cualquier momento, pero tendríamos que revisar si en esa publicidad hay llamados expresos al voto o apoyo a una candidatura”, señaló.
Mientras esos elementos no estén presentes, explicó, la difusión de actividades públicas puede mantenerse dentro del marco legal. Aun así, uno de los aspectos que las autoridades analizan en estos casos es la posible promoción personalizada, es decir, el uso reiterado del nombre, imagen o voz de un funcionario.
Los tribunales electorales también consideran la cercanía con el proceso electoral como un factor para determinar si existe una infracción.
En procedimientos sancionadores resueltos recientemente por el IEES, el Consejo General determinó por unanimidad que no se configuraban irregularidades, debido a que los hechos denunciados ocurrieron más de un año antes del inicio del proceso electoral.
El riesgo que corren los “aprontados”
Aun así, el presidente del IEES advirtió que dejar esté tipo de escenario, los actores políticos que buscan posicionarse anticipadamente podrían enfrentar sanciones si los tribunales ajustan su interpretación de la ley para adecuarse a estás nuevas maneras de posicionar sus imágenes ante la ciudadanía.
“Evidentemente están corriendo un riesgo, porque los tribunales pueden establecer nuevos criterios y ajustar las reglas para este proceso electoral”, señaló.
En casos extremos, explicó, una infracción grave podría derivar incluso en la negativa de registro de una candidatura.
Fajardo Mejía también recordó que los partidos políticos tienen la obligación y responsabilidad de vigilar la conducta de sus militantes, incluso cuando estos ocupan cargos públicos. Por lo que es necesario que también pongan de su parte para que los comicios sean justos y en términos de igualdad para todos.
Este principio jurídico, conocido como culpa in vigilando, establece que los partidos pueden ser sancionados si no supervisan que sus integrantes respeten los tiempos y reglas electorales.
El proceso electoral en Sinaloa iniciará formalmente en diciembre de 2026, mientras que el registro de candidaturas se realizará hasta marzo de 2027.
Por ello, el consejero presidente del IEES consideró prematuro el ritmo con el que algunos actores políticos buscan posicionarse desde ahora.
“Lo ideal es que cuiden sus conductas, actividades y expresiones para que se mantengan dentro del marco legal”, concluyó.
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