Culiacán.- Ante la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa (TEESIN) bajo el expediente TESIN-REV-03 y 04/2024 acumulados, sobre prohibir las candidaturas dobles, este viernes el Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprobó un acuerdo en el que se otorga un plazo de 72 horas a partir de la notificación, para que los partidos políticos realicen los cambios en sus planillas.

Por lo tanto, de acuerdo con el IEES, aquellos partidos políticos, coalición y candidatos por la vía independiente que postularon candidaturas para la Presidencia Municipal, Sindicaturas en Procuración, Regidurías por el sistema de Mayoría Relativa (MR) y Regidurías por el principio de Representación Proporcional (RP), deberán realizar la sustitución de sus candidaturas a las Presidencias Municipales que aparezcan registradas de manera simultánea en la planilla de MR y en la lista de Regidurías por el principio de RP, debiendo prevalecer la persona registrada solo en uno de los cargos.

Estas sustituciones que hagan los partidos políticos deberán atender el principio de paridad de género, así como las acciones afirmativas.

“En el proyecto de acuerdo que les fue circulado se hace mención expresa del requerimiento para efecto de que dentro de las 72 horas siguientes a la notificación del acuerdo (…) correr el plazo de las 72 horas para que acaten el requerimiento que se está realizando en el acuerdo respectivo”, dijo Arturo Fajardo, consejero presidente del IEES, durante la sesión extraordinaria.

 

El acuerdo aprobado señala que en caso de que una vez vencido el plazo de las 72 horas, persista una duplicidad en las candidaturas, se cancelará el registro de la persona postulada en la lista de representación proporcional, “realizándose, en su caso, el corrimiento de las fórmulas subsecuentes, garantizándose la alternancia de género”.

¿Por qué los partidos políticos deben hacer estos cambios?

 

Las sustituciones de candidaturas que los partidos políticos deben hacer surgen de una sentencia del Tribunal Electoral de Sinaloa, con fecha del 15 de abril del 2024, que resolvió en cumplimiento a la resolución de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF recaída al expediente SG-JRC-30/2024, relativo a los recursos de revisión promovidos por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) sobre el registro simultáneo de candidaturas.

Esta resolución obliga al IEES a modificar el artículo 8 del Lineamiento para el Registro de Candidaturas a ocupar cargos de Elección Popular para el Proceso Electoral Local 2023-2024, quedando de la siguiente manera:

Artículo 8.- A ninguna persona se le podrá registrar a distintos cargos de elección popular en el mismo proceso electoral, excepto las diputaciones según se señala en el artículo 73 del presente lineamiento.

 

La autoridad electoral también se vio obligada a notificar a los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes a hacer las modificaciones en sus registros para dar cumplimiento a lo antes mencionado.

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