Aunque atiende una polémica por la concentración de candidaturas en una sola persona y el desplazamiento de aspiraciones legítimas de ciudadanos con sus derechos a salvo, el resolutivo del Tribunal Electoral de Sinaloa que anula las dobles postulaciones en lo referente a quienes aspiran a presidentes municipales y a la vez se registraron en la lista de regidurías por la vía plurinominal, nace destinado a la polémica y controversia legal al no ser claro el sustento jurídico.

El Teesin, al apegarse a la sentencia dictada por Sala Regional Guadalajara del TEPJF, en el expediente de clave SG-JRC-30/2024, que prohíbe contender simultáneamente para distintos cargos de elección, y no obstante que se exceptúa de dicha norma a candidatos a alcaldes y regidurías, dejó sin efecto en Sinaloa los registros de quienes se hayan anotado para competir por la titularidad de presidencias municipales y al mismo tiempo por regidurías porque violan los principios de equidad e igualdad.

El fondo de la materia está en dos ámbitos: uno, la percepción ciudadana deplora que habiendo sinaloenses capaces de participar en elecciones, por el partido que sea, los que controlan las siglas política se sirven de cuanto cargo puedan lograr a través de la votación popular; dos, compete al Legislativo local realizar las adecuaciones a ley electoral para ajustarla al criterio que cobra fuerza en lo federal, de no dobles candidaturas a un solo individuo.

 

El Tribunal Electoral de Sinaloa enfrentará sin duda una serie de impugnaciones en el dictamen que determina que la ley electoral local es contraria a la Constitución y al artículo 133 del cual deriva el principio de supremacía constitucional, y por lo tanto debe ser eliminada la porción normativa que prevé una excepción a la prohibición, vinculando al IEES para que realice dicha modificación y notifique a los partidos o coaliciones para que, en su caso, realicen sustituciones correspondientes.

Antes de que los afectados le den otro sesgo al resolutivo del Teesin, debe resolverse en juzgados federales de la materia si el tribunal local tiene o no atribución para anular la doble aspiración a cargos de elección, sin agregarle mayor turbación al proceso comicial de por sí trastornado en Sinaloa. Por lo pronto, a algunos candidatos y partidos se les dan nuevos pretextos para plantearse como víctimas de persecuciones y triquiñuelas políticas.

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