México.- Las recientes reformas legislativas sobre trata de personas, publicadas el 7 de junio en el Diario Oficial de la Federación, han generado preocupación y confusión entre empresarios del país.

A través de un comunicado, la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) ha expresado su inquietud por la falta de claridad en la redacción de las nuevas leyes, que podrían traer consecuencias legales para empresarios.

Según COPARMEX, las reformas a la Ley General Para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y la Ley para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos no especifican adecuadamente las excepciones contempladas en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La LFT permite jornadas laborales extendidas bajo ciertas condiciones, como la remuneración doble por horas extra y acuerdos específicos en sectores industriales que prefieren turnos de 12 horas continuas para reducir la frecuencia de traslados y aumentar los días de descanso de los trabajadores.

Pero la falta de claridad en las reformas ha dejado a muchos empleadores en un limbo legal; pues en estas no se mencionan los casos específicos mencionados.

Esta ambigüedad, alerta la Coparmex, podría interpretarse como una equiparación de los empresarios con tratantes de personas, comparación que el organismo considera peligrosa.

El gremio patronal señala que, aunque es vital perseguir delitos laborales como el trabajo forzoso y el infantil, las políticas públicas no se han enfocado adecuadamente en reducir estos delitos. En cambio, las nuevas reformas parecen castigar al sector empresarial que cumple con las regulaciones, al asegurar que las jornadas excesivas ocurren principalmente en el sector informal, donde los derechos laborales básicos, como la Seguridad Social, son frecuentemente ignorados.

Por último, hizo un llamado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y a los legisladores para corregir las deficiencias de la legislación y aclarar las excepciones establecidas en la LFT.

“Insistimos, debe sancionarse cualquier conducta irregular o que se traduzca en violaciones a derechos humanos, pero debe cuidarse también que al hacerlo no existan daños colaterales a la actividad económica o que se afecte a empleadores y empleados”, puntualizó el organismo.

 

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