Durante el mes de abril, será el periodo temporal en que el SAT te deje presentar la Declaración Anual 2025 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Si ya presentaste tú declaración, en Espejo te decimos qué día se puede recibir la devolución del sueldo a favor.

Hay que tener en cuenta que no en todos los casos se tiene sueldo a favor, ya que aplica para los contribuyentes qué pagaron una suma superior a la que debían, esto sucede por varias razones:

Exceso de pago de impuestos: Cuando pagas más impuestos de los que debes, ya sea por error o porque no se consideran deducciones o créditos a los que tenías derecho.
Cambios en la legislación fiscal: Cambios en las leyes fiscales pueden afectar la cantidad de impuestos que debes pagar, lo que puede resultar en un saldo a favor.
Error en la declaración de impuestos: Errores en la declaración de impuestos, como ingresos no reportados o gastos no deducidos, pueden llevar a un exceso de pago de impuestos.

Las deducciones son gastos o ingresos que no están sujetos a impuestos o que pueden reducir la cantidad de impuestos que debes pagar. Algunos ejemplos de deducciones pueden incluir: Gastos médicos, donaciones a organizaciones benéficas, gastos de educación e intereses hipotecarios.

Para consultar si se tiene saldo a favor, debe de ingresar al portal digital del SAT usando su RFC y su contraseña o e.Firma. Revisa el resumen de tu declaración y el resultado de tu declaración; Saldo a favor, saldo en contra (impuestos a pagar) o sin saldo a favor ni a pagar. 

¿Cómo solicitar la devolución de saldo a favor en el SAT?

En el caso de tener un saldo a favor, en el mismo portal se puede hacer la solicitud de devolución de saldo a favor. A continuación te explicamos cómo:

Busca la opción de devolución: Busca la sección u opción para solicitar la devolución de saldo a favor

Llena la solicitud: Proporciona la información requerida y adjunta la documentación necesaria. Asegúrate de tener tu CLABE bancaria para que la devolución se realice sin contratiempos.

El SAT tiene 40 días hábiles para informar al contribuyente de la resolución de su solicitud. Esto según el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Así mismo, si el saldo declarado no sea devuelto total o parcialmente, se puede reportar inconsistencias en el portal del SAT.

 

MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL SAT