Ciudad de México.- El Instituto Nacional Electoral (INE) será el encargado de la fiscalización de los recursos utilizados por los candidatos a ministros, magistrados y jueces que participarán en la próxima elección judicial, por lo que habilitó el Mecanismo Electrónico para la Fiscalización de Personas Candidatas a Juzgadoras (MEFIC) para que las y los candidatos informen sus ingresos, gastos, contratación de proveedores y actividades
De acuerdo con los “Lineamientos para la fiscalización de los procesos electorales del poder judicial, federal y locales”, se contemplan prohibiciones como el uso de recursos públicos y privados que no sean de la persona candidata; pagar por promocionar contenidos en redes sociales; asistir a eventos proselitistas organizados por partidos políticos; rebasar topes de campaña, entre otros.
Los topes de gasto para las ministras y ministros de la Corte, integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y de la Sala Superior del Tribunal Electoral es de 1 millón 468 mil 841 pesos; para las y los magistrados de las Salas Regionales del Tribunal Electoral en 881 mil 304 pesos; para las magistraturas de los Tribunales de Circuito y de Apelación en 413 mil 111 pesos, y para las personas juzgadoras de Distrito es de 220 mil 326 pesos.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sentenció que los candidatos a un puesto en el Poder Judicial perderán el registro de su candidatura por cualquier falta grave a lineamientos de fiscalización, tales como contratar espacios en televisión y radio; asistir a eventos partidistas, recibir recursos públicos o privados, etc.
INE revisará gastos de los candidatos judiciales
De acuerdo con los lineamientos, las personas candidatas a puestos judiciales deberán registrar datos de identificación personal, bancarios, fiscales y redes sociales en el MEFIC. El Instituto podrá requerir información complementaria para acreditar la información de las personas candidatas, la cual incluye información sobre la situación patrimonial de los candidatos, familiares y dependientes económicos.
Además, deberán registrar eventos de campaña presenciales o virtuales en los que participen, tales como foros de debate, mesas de diálogo, entrevistas y encuentros. Deberán informar de estos eventos de forma semanal y con una antelación de al menos cinco días a la fecha en que se lleven a cabo. Y en caso de cambios o cancelación, se deberá registrar 24 horas antes del evento.
El MEFIC permitirá al Instituto conocer los ingresos y egresos de los candidatos, incluido el dinero en efectivo que utilicen. En el caso de pagos en efectivo, los candidatos sólo podrán pagar hasta 20 UMAS (Unidades de Medida y Actualización) por operación, es decir, 2 mil 262 pesos con 80 centavos. El total de los pagos en efectivo en toda la campaña no debe rebasar el 10% del tope de gastos personales.
Y podrán realizar pagos a personal de apoyo en actividades de campaña, los cuales no deben rebasar el 20% del gasto personal ejercido. Todos los pagos realizados por las personas candidatas deberán realizarse con el patrimonio personal de las y los candidatos.
“(El INE) podrá solicitar a las autoridades competentes información fiscal o relacionada con operaciones de depósito, ahorro, administración o inversión de recursos monetarios que guarden relación directa con el proceso electivo, cuando se adviertan movimientos aparentemente inusuales o elementos en los que, de manera preliminar, no se advierta la procedencia lícita de los bienes o recursos reportados”, señalan los lineamientos.
En esta plataforma, las y los candidatos deberán presentar un informe único de gastos de campaña, donde detallarán sus ingresos y egresos por gastos personales, creación de contenido en redes sociales, comidas, viáticos y traslados. Este informe se deberá presentar tres días después de que acaben las campañas y aunque no haya gastos realizados.
“Las personas candidatas a juzgadoras deberán realizar los registros de sus gastos en el MEFIC en tiempo real, entendiéndose por tiempo real, el registro de sus egresos desde el momento en que ocurren, se pagan o se pactan y hasta tres días posteriores a su realización”, indican los lineamientos.
Con este informe, la UTF revisará el monto y destino de los gastos realizados por las personas candidatas. Posteriormente, la Unidad realizará un dictamen y anteproyecto de resolución sobre los gastos realizados.
Este dictamen deberá ser aprobado por la Comisión de Fiscalización del Consejo General del INE (COF) y el Consejo General del INE. Estas son las fechas en las que las autoridades electorales revisarán los gastos realizados por las personas candidatas:
Los lineamientos prohíben que los candidatos puedan pagar por pautas en redes sociales para potenciar su contenido y no se podrá usar dinero público o privado para beneficiar a candidaturas, más allá de los recursos propios de cada candidatura.
De acuerdo con los lineamientos, los gastos de las personas candidatas no pueden beneficiar a más de dos candidatos y, en caso de que se beneficie a más candidatos, estos gastos se sumarán al total de erogaciones de campaña de las personas candidatas.
El 14 de abril de 2025, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió dos medidas cautelares contra la candidata a ministra Loretta Ortiz, y la candidata a jueza de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México Jesika Alejandra Velázquez Torres, por promoción del voto de manera conjunta y llamamiento expreso a votar por otras candidaturas en “Foro informativo sobre la elección de cargos del Poder Judicial”, presuntamente organizado por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), al que asistieron como invitados la Cooperativa Cruz Azul.
Por ello, el INE llamó a la ministra y al Sindicato a eliminar cualquier contenido digital o impreso sobre el foro realizado, ya que no cumplió la normativa en materia de foros y mesas de diálogos.
“Los foros de debate, mesas de diálogo o encuentros serán monitoreados o verificados por el Instituto, para vigilar y garantizar que no se utilice financiamiento público ni privado, en efectivo o en especie, por parte de las personas candidatas a juzgadoras, ni de instituciones o personas servidoras públicas que implique un beneficio directo a una o algunas de las personas candidatas a juzgadoras que participen”, menciona el INE.
La UTF y la Coordinación Nacional de Comunicación Social del INE realizarán monitoreos de propaganda en redes sociales, medios impresos y anuncios en vía pública para identificar posibles beneficios a candidaturas o propaganda en contra de candidatos. Si la Unidad identifica gastos que no están alineados con los lineamientos de fiscalización, el monitoreo será contrastados con los reportes financieros de las personas candidatas y, en su caso, será acumulado a los gastos realizados de las personas beneficiarias.
Cabe destacar que los candidatos deberán presentar la documentación necesaria para comprobar los gastos y los pagos realizados a proveedores. Para verificar lo reportado, la UTF podrá pedir información a las autoridades necesarias, como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV); el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Hacienda. Incluso, las autoridades electorales pueden requerir información a personas e instituciones privadas.
Prohibiciones y sanciones en las elecciones judiciales
Los lineamientos de fiscalización también consideran prohibiciones y sanciones contra personas candidatas. Una de ellas es que los postulantes no podrán acudir a actividades proselitistas organizadas por partidos políticos, agrupaciones políticas nacionales, organizaciones que pretendan ser partidos o personas candidatas a puestos de ayuntamientos, alcaldías, diputaciones, senadurías, gubernaturas y presidencia.
“En el caso que asistan o se les promueva en dichos eventos, los gastos erogados serán prorrateados en la parte correspondiente, computarán para efectos del tope de gastos personales de campaña de la persona candidata a juzgadora y serán considerados ingresos de entes impedidos. Asimismo, dichos gastos serán considerados gastos sin objeto partidista para los Partidos Políticos y coaliciones o un gasto no vinculado con la obtención del voto, para la candidatura independiente”, señala el documento del INE.
También, los gastos de propaganda electoral de puestos del Poder Ejecutivo y Legislativo que aludan a candidatos al Poder Judicial serán catalogados como ingresos de entes impedidos y añadidos al gasto de campaña de las personas candidatas a juzgadoras.
Los partidos políticos no podrán hacer actos proselitistas ni destinar financiamiento público o privado a favor de alguna persona candidata a juzgadora. Tampoco podrán contratar promoción en radio y televisión, así como en espacios publicitarios, en medios impresos, digitales, espectaculares, bardas, vallas y parabuses.
Por otro lado, los candidatos al Poder Judicial no podrán difundir resultados de encuestas antes de que sean publicados por un medio de comunicación. Esto se catalogaría como un gasto no reportado y la UTF calculará el gasto generado por la difusión de resultados de encuestas.
“Cuando las autoridades correspondientes determinen la existencia de actos anticipados de campaña, la UTF cuantificará dichos gastos, los acumulará al tope de gastos personales de campaña y serán sancionados como egresos no reportados”, precisó el INE.
Las sanciones por incumplir los reportes de fiscalización, la documentación solicitada o realizar acciones fuera de la normativa son: Amonestación pública, multas de hasta 5 mil UMAS y la cancelación del registro de candidatura.
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