En estas vacaciones de verano se prevé que 67.2 millones de vehículos crucen las carreteras de México, de acuerdo con Caminos y Puentes Federales (Capufe). Por esto, la Guardia Nacional inició un operativo de seguridad para reducir el número de accidentes, pero ¿sabes cuáles son las razones por las que puedes recibir una multa y qué autoridad debe aplicarla?
Sólo la Guardia Nacional está autorizada para multar a los automovilistas en carreteras federales, por infracciones como rebasar los límites de velocidad o manejar bajo los efectos del alcohol.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) registró 12 mil 099 colisiones en carreteras federales que dejaron mil 864 muertos en el lugar del accidente y 6 mil 403 lesionados, además de daños materiales por 2 mil 066 millones de pesos. Estas cifras corresponden al último reporte publicado del anuario estadístico de colisiones en carreteras federales de 2023.
Las causas de estos accidentes son caminos con lluvia o niebla, carreteras mojadas, resbalosas o con desperfectos, falta de señales y objetos en medio de la autopista. Pero también malas condiciones de los vehículos en neumáticos, luces, motor o frenos.
Sin embargo, hay otras causas que son catalogadas como infracciones del conductor, por ejemplo: no ceder el paso, dormitar, rebasar indebidamente, manejar en estado de ebriedad o bajo el efecto de sustancias, no respetar la señal de alto, estacionarse mal, deslumbramiento, velocidad excesiva, invadir el carril contrario, no guardar distancia y cambiar de dirección indebidamente.
¿Cómo identificar a un elemento de la Guardia Nacional y cómo pagar la multa?
Los elementos de la Guardia Nacional de la división de carreteras son los únicos autorizados para sancionar a conductores y peatones en caminos federales por medio de boletas o verbalmente, por lo que si alguien se opone a cumplir lo establecido en el reglamento, será detenido y presentado ante el Ministerio Público.
Es posible identificar a un agente de la Guardia Nacional por su uniforme de dos piezas: camisa color gris y pantalón negro.
Así como boina negra, escudo bordado de la bandera de México en la manga derecha y el escudo de la corporación en la manga izquierda, al frente debe portar su nombre, una placa cuadrada con las letras GN en mayúscula y una placa rectangular con la leyenda de Guardia Nacional también en mayúsculas.
En carreteras federales ningún elemento municipal o estatal tiene la facultad de multar a conductores.
Las multas económicas se calculan por el número de veces del salario mínimo general que a cada infracción corresponda. A los conductores que reconozcan su falta se les aplicará la sanción mínima.
Y cuando se realice el pago dentro de los primeros 15 días hábiles posteriores se hará un descuento del 25 por ciento. El importe de la boleta debe cubrirse dentro los primeros 30 días hábiles desde el momento de su aplicación.
Las multas aplicadas por la Guardia Nacional se pagan en la página del Sistema de Administración de Sanciones con la línea de captura de la boleta impresa. Si la infracción no se liquida dentro del plazo establecido, se envía al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Usar el celular, manejar cansado y fallas mecánicas, entre las infracciones
El reglamento de tránsito en carreteras y puentes de jurisdicción federal regula el tránsito de vehículos, conductores, pasajeros y peatones. Además, establece el monto económico de las sanciones para quienes infrinjan estas normas.
Las infracciones en carretera que son acreedoras a una sanción económica son no reducir la velocidad en los vibradores que advierten peligro en las vías federales, no obedecer señales de alto o de precaución, no atender la indicación de cada uno de los colores del semáforo y no tomar en cuenta las advertencias de los semáforos para el control de circulación en carriles.
También hay multas por falta de equipo vehicular o mal funcionamiento como fallas en las luces o reflectantes, en el sistema de frenado, en los dispositivos acústicos como claxon, en el sistema de escape, en los espejos retrovisores, parabrisas o ventanas, en los dispositivos de emergencia como banderines rojos para la carga pesada, y en las llantas.
Está prohibido dejar o tirar cualquier material o sustancia que constituya un peligro u obstrucción para el libre tránsito de personas o de vehículos, personas montadas en animales, vehículos de tracción animal y bicicletas, triciclos, trimotos y cuatrimotos en vías federales de acceso controlado.
Las multas para estas infracciones van desde 2 mil 788 pesos hasta 13 mil 940 pesos. Los peatones, bicicletas y triciclos que desobedezcan estas normas de tránsito únicamente serán sancionados con la amonestación verbal de un policía.
El reglamento prohíbe que se abastezca de combustible con el motor en marcha o con pasajeros a bordo, en el caso de autobuses, por lo que la multa para esta infracción es mayor y alcanza los 41 mil 820 pesos.
Elementos de la Guardia Nacional, junto con personal médico, deben vigilar los signos de cansancio de los conductores con el objetivo de evitar accidentes; no obstante, quienes manejen de este modo tienen que pagar hasta 13 mil 940 pesos y se les inhabilitará para conducir durante el tiempo necesario para recuperar la capacidad de manejo.
Por conducir bajo la ingesta de alcohol u otras sustancias psicotrópicas, estupefacientes y medicamentos con este efecto la sanción puede ser de hasta 55 mil 760 pesos y el retiro del vehículo. Asimismo, la prescripción médica no exime la prohibición y las autoridades podrán remitir al conductor al Ministerio Público.
Otras de las prohibiciones son orinar o defecar en vías federales cuando no sea al interior de sanitarios, y cualquier conducta que atente contra la moral pública o el pudor de los demás usuarios. La multa es de hasta 2 mil 788 pesos, a excepción de peatones.
Un estudio de la Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que los conductores que utilizan el teléfono celular mientras manejan corren un riesgo de hasta cuatro veces mayor de sufrir o provocar un accidente, sin importar si el equipo tiene o no manos libres.
Es decir, lo que provoca un accidente es la distracción derivada de mantener una conversación por teléfono.
En México, la sanción económica por utilizar aparatos de comunicación o entretenimiento como celulares es de hasta 5 mil 576 pesos.
Tampoco se puede transitar sobre las rayas longitudinales pintadas en el pavimento que delimitan los carriles de circulación ni accionar el claxon y luces sin motivo o cerca de hospitales y escuelas. Todos los conductores deben conservar distancia respecto al vehículo que va adelante para garantizar la detención segura.
El límite de velocidad máxima en carreteras para automóviles particulares es de 50 km/h en carretera urbana y 100 km/h en carretera durante el día, pero en la noche es de 50 km/h y 90 km/h respectivamente.
La multa por incumplimiento es de hasta 19 mil 516 pesos. Pero también las personas que conduzcan a velocidad baja, como para poner en peligro a otros conductores, recibirán una sanción máxima de 4 mil 182 pesos.
¿Qué hacer si estás involucrado en un accidente de carretera?
El reglamento indica que si un conductor está involucrado en un accidente en el que resulten personas muertas o lesionadas, o haya daños materiales, entonces deberá detenerse inmediatamente en el lugar de los hechos hasta la llegada de las autoridades competentes.
En caso de continuar el camino se multará con hasta 16 mil 728 pesos, además de las sanciones civiles y penales que la ley señale.
Según la SICT, el 71 por ciento de los accidentes de tránsito se atribuye al conductor por imprudencia, exceso de velocidad, invadir el carril contrario o no guardar distancia entre vehículos.
El operativo en carreteras termina el 31 de agosto, un día antes del inicio de clases marcado por la Secretaría de Educación Pública (SEP), y también incluye exámenes médicos a conductores de autotransporte para detectar signos de cansancio, reflejos, coordinación psicomotriz y pruebas para descartar consumo de alcohol y otras sustancias.
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