Ciudad de México.- La Cámara de Diputados aprobó este miércoles una reforma a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros con el objetivo de impedir que las instituciones financieras emitan tarjetas de crédito o débito sin el consentimiento expreso de los usuarios.

Con 467 votos a favor, cero en contra y sin abstenciones, el Pleno avaló el proyecto presentado por el coordinador de Morena, Ricardo Monreal Ávila, quien solicitó que se considerara de urgente resolución. La propuesta fue dispensada de trámites y enviada al Senado de la República para continuar su proceso legislativo.

Monreal explicó que millones de personas en México han recibido tarjetas de crédito o débito que nunca solicitaron y que, tiempo después, generan cobros por anualidades o intereses moratorios. Estas prácticas, señaló, han afectado el historial crediticio de muchos usuarios al ser reportados negativamente ante el Buró de Crédito.

“Muchas instituciones financieras de crédito, a través de campañas o a través de mecanismos propios de la institución, envían tarjetas a sus domicilios, a los domicilios de las personas, sin que las hayan solicitado. Luego, al trayecto del año, les cobran anualidades e incluso intereses moratorios por no pagar esa anualidad. Y al final, muchos de estos usuarios terminan en el buró de crédito negativo para poder adquirir un crédito o adquirir algún derecho de inclusión financiera”, expuso el Diputado Ricardo Monreal en Tribuna.

¿En qué consiste la nueva reforma?

La reforma prohíbe a los bancos y entidades comerciales emitir tarjetas sin solicitud o autorización expresa del usuario, así como cobrar comisiones, anualidades o cargos asociados a productos financieros no contratados.

De acuerdo con el dictamen, las instituciones deberán garantizar que toda información relacionada con costos, cargos y comisiones sea clara, veraz y suficiente, conforme a los principios de transparencia y protección al consumidor.

También se establece la prohibición de mensajes o promociones que induzcan al público a pensar que las tarjetas carecen de costos cuando, en realidad, generan comisiones o recargos adicionales.

Las entidades emisoras deberán permitir la cancelación de las tarjetas no solicitadas por vía presencial, telefónica o digital, y ofrecer mecanismos disponibles las 24 horas del día, durante todo el año, a través de aplicaciones móviles, banca en línea o portales web.

Una vez que el usuario solicite la cancelación, la institución financiera deberá efectuar un bloqueo preventivo inmediato para suspender toda transacción o cargo asociado, con el propósito de evitar operaciones mientras se concreta la cancelación definitiva.

El proceso de cancelación no deberá exceder los cinco días hábiles a partir de la solicitud y deberá realizarse sin costo, comisión o penalización alguna. La institución tendrá la obligación de entregar al usuario una constancia digital o física que certifique la terminación del contrato.

Asimismo, queda prohibido realizar cargos por anualidades, comisiones o conceptos relacionados con tarjetas canceladas o no utilizadas, ni podrán generarse efectos en el historial crediticio por falta de uso o rechazo del producto.

En caso de que una entidad cobre montos indebidos, deberá reembolsarlos en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la recepción de la reclamación del usuario o desde la notificación de la autoridad competente.

La vigilancia de las disposiciones estará a cargo de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) cuando se trate de bancos y entidades financieras, y de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) en el caso de emisores comerciales.

De acuerdo con la Condusef, durante 2024 se registraron 251 mil 528 reclamaciones relacionadas con productos financieros, de las cuales siete mil 594 correspondieron a solicitudes de cancelación no atendidas o no aplicadas, convirtiéndose en una de las quejas más frecuentes en el país.