Culiacán, Sinaloa.- El Grupo Parlamentario del PRI en el Congreso del Estado presentó una iniciativa para tipificar el delito de acecho en el Código Penal de Sinaloa, con el objetivo de sancionar conductas de hostigamiento persistente y fortalecer la protección de las mujeres.

La propuesta, dada a conocer por la diputada Irma Guadalupe Moreno Ovalles, plantea adicionar el artículo 175 Bis A para castigar a quien, con intención de intimidar o generar zozobra, vigile, persiga, busque contacto no deseado o establezca comunicación no consentida de manera reiterada.

Seguimos buscando fortalecer toda la legislación local en materia de leyes a favor de las mujeres, porque no solo existe la violencia feminicida, sino la violencia en todas sus variantes”, señaló.

De acuerdo con el planteamiento, estas conductas deberán afectar la seguridad, la libertad de tránsito o la intimidad de la víctima, provocando alteraciones en su vida cotidiana o generando miedo, angustia o ansiedad.

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El Grupo Parlamentario del PRI presentó una iniciativa para penalizar el acecho en Sinaloa.

El planteamiento establece que el delito se perseguirá de oficio cuando la víctima sea menor de edad o se encuentre en situación de vulnerabilidad. Las sanciones contempladas van de tres meses a dos años de prisión, además de multas de cinco a 20 días.

Moreno Ovalles indicó que esta propuesta forma parte de una serie de acciones legislativas para atender el contexto de violencia de género en la entidad, donde persisten múltiples formas de agresión contra las mujeres.

¿Ya había una propuesta sobre el delito de acecho en Sinaloa?

 

Aunque el PRI plantea tipificar el acecho como delito en Sinaloa, una iniciativa previa presentada en 2025 por la diputada de Morena, Nancy Yadira Santiago Marcos, ya proponía un camino similar, pero con diferencias en cuanto la definición.

Aquella propuesta también buscaba crear un delito autónomo dentro del Código Penal, al plantear la adición de un nuevo capítulo denominado “Acecho” y el artículo 175 Bis 1, dentro del apartado de delitos contra la paz y la seguridad de las personas.

Sin embargo, a diferencia de la iniciativa del PRI, el planteamiento de 2025 ofrece una definición más amplia del delito, al incluir no solo el seguimiento o vigilancia, sino también el asedio y el acoso como conductas que pueden limitar la libertad de la víctima o generarle miedo o angustia.

También contemplaba que el acecho pudiera configurarse incluso en una sola conducta, no necesariamente reiterada, y establecía agravantes específicas, como el uso de armas, la invasión al domicilio o que la víctima perteneciera a un grupo vulnerable.

En cuanto a sanciones, la iniciativa de Morena proponía penas de seis meses a dos años de prisión y multas de hasta 500 cuotas, con posibilidad de duplicarse en ciertos casos, mientras que la del PRI plantea penas menores y sin un catálogo de agravantes detallado.

Ambas propuestas coinciden en que el delito se persiga por querella, con excepciones en casos de vulnerabilidad; sin embargo, la iniciativa del PRI introduce la posibilidad de perseguirlo de oficio en ciertos supuestos.

Pese a su alcance, la iniciativa presentada en 2025 no ha sido dictaminada hasta ahora.

Estados que ya tipifican el acecho como delito en México

 

A nivel nacional, el acecho -también conocido como stalking– avanza hacia su reconocimiento como delito autónomo mediante la llamada Ley Valeria, que propone reformar el Código Penal Federal. La iniciativa fue aprobada en la Cámara de Diputados el 28 de febrero y actualmente se encuentra en revisión en el Senado.

En el ámbito estatal, Nuevo León aprobó en marzo de 2025 la tipificación del acecho como delito. Otras entidades como Querétaro, Estado de México, Coahuila, Guanajuato y Tamaulipas también han incorporado esta conducta en sus códigos penales mediante reformas propias.

 

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