Culiacán, Sinaloa.- La regidora priista, Erika Sánchez Martínez, aseguró que la licencia de Juan de Dios Gámez Mendívil, alcalde con licencia de Culiacán, concluía este sábado 31 de octubre, por lo que, citando la Constitución del Estado de Sinaloa, solicitó que el alcalde presente su licencia definitiva del cargo.

Durante la sesión ordinaria de Cabildo, la regidora entregó una solicitud al cuerpo de Cabildo para que se analice la situación actual de la licencia del alcalde Juan de Dios, asegurando que su ausencia no puede extenderse más.

“Presentarse el día de mañana antes de las 10:00 de la noche o enviar una comunicación para que se presente una licencia definitiva, (…) se notifique al Congreso que hay una falta definitiva del ciudadano Juan de Dios Gámez Mendívil, y que conforme a la Constitución estatal se consideren mejores perfiles y se le tome protesta a un nuevo presidente municipal”.

Por su parte, Ana Miriam Ramos Villarreal, alcaldesa interina de Culiacán, comentó durante un evento matutino que en las especificaciones de la licencia de Juan de Dios, enviada al Cabildo el primero de mayo, no se incluía una vigencia, sino que era por más de 10 días.

“La licencia que fue autorizada por el Cabildo es por más de 10 días. Así es como se solicitó. Entiendo que la solicita para someterse al proceso y digo lo mismo, ya será decisión propia de él si cambia o no este estatus”, comentó.

La solicitud de Juan de Dios llegó a los regidores tres días después de que el Gobierno de Estados Unidos lo señalara de, presuntamente, mantener vínculos con el crimen organizado.

En su momento, se había dicho que se separaba del cargo para no entorpecer las investigaciones que la Fiscalía General de la República hacía en su contra.

Sin embargo, en su discurso, la regidora citó el artículo 148 de la Constitución Política del Estado de Sinaloa, título VII, capítulo I: Disposiciones diversas, en el que se mencionan restricciones en las licencias de los servidores públicos:

Art. 148. Ninguna licencia con goce de sueldo podrá concederse por más de 15 días. Sólo en los casos de enfermedad debidamente comprobada podrá extenderse hasta tres meses. Ninguna licencia por motivo alguno podrá concederse por más de seis meses.

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