Estrategia para acabar el dilema: aplicar ya ley o impartir justicia.
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La democracia tiene muchos riesgos. Los partidos pueden condicionar a las mayorías a elegir a sus gobernantes, no entre los mejores, sino sólo entre sus candidatos. El poder económico puede influir con recursos en la inducción del voto, incluso, la delincuencia organizada puede coaccionar el voto y mediante el miedo afectar los resultados electorales, es cierto, sin embargo, sigue siendo mucho mejor correr esos riesgos que permitir que una persona o una camarilla, unilateralmente, nombre a los gobernantes de una nación.
Esta discusión es muy vieja. Viene desde la Grecia Antigua 508-322- a C., donde ya existía la democracia pero sólo podían votar los adultos atenienses que hubieran realizado el servicio militar y no hubieran dejado deudas sin pagar. No podían votar las mujeres ni los esclavos ni los “metecos” o extranjeros. En México, el voto universal masculino se estableció en la constitución en 1857, ya que antes, en las primeras elecciones de 1824, sólo podían votar los adultos que supieran leer y escribir y tuvieran propiedades y solvencia económica.
Sin embargo, los grupos conservadores no aceptaban un gobierno de república (democrática) porque consideraban que los mexicanos no tenían la capacidad suficiente para elegir a sus gobernantes –fue por eso que instalaron como emperador a Maximiliano de Habsburgo (1863-1867)— pero fueron las mayorías que apoyaron a Benito Juárez las que hicieron posible reinstaurar la república. No obstante, durante más de cien años no se le consideró la capacidad de votar a las mujeres.
El tema vuelve a ser objeto de discusión con motivo de la iniciativa presidencial para que se elija por voto popular a los jueces y magistrados del poder judicial. Los argumentos de la oposición son los mismos que se esgrimen contra la democracia en general. Que la elección de jueces y magistrados podría ser controlada por el poder económico o por la delincuencia organizada, pero son éstos los mismos riesgos que se corre al elegir a diputados y senadores, alcaldes, gobernadores y presidente de la república. Y aunque esos riesgos son reales, no cancelan la oportunidad de que sean las mayorías de los mexicanos las que elijan a sus gobernantes y no tendría que ser diferente al elegir a jueces y magistrados. ¿O no estarán preparados los mexicanos para elegir a los miembros del poder judicial?
Hasta hoy, en un sistema de división de poderes, los mexicanos sólo pueden elegir a los miembros del poder ejecutivo y a los del poder legislativo, pero no a los del poder judicial, que en sus más altos niveles son nombrados por el poder legislativo a propuesta del poder ejecutivo. Es decir, el representante del poder ejecutivo envía una terna para que de ahí elija el poder legislativo. Los jueces y magistrados son electos de manera interna por el Consejo de la Judicatura del poder judicial.
De esta manera, los ministros de la Suprema Corte de Justicia terminan obedeciendo al presidente de la república que los incluyó en la terna y/o a los senadores que negociaron su nombramiento y no al pueblo que paga su salario con los impuestos y que requiere que se le haga justicia.
Este sistema de nombramientos del poder judicial ha permitido que el poder judicial esté más comprometido con los ex presidentes y con sus grupos de poder, que con la impartición de justicia para la que fue creado, ya que el resto de los mexicanos carecen de medios prácticos para exigir justicia. El único medio para exigir justicia es el de los procesos judiciales que son largos, burocráticos y caros, por lo que sólo consiguen justicia quienes tienen recursos para pagarla.
Más allá del discurso, el poder judicial ha perdido su esencia de justicia, pues se ha limitado a la aplicación de la ley y no a la impartición de justicia, a sabiendas de que muchas leyes son injustas. ¿Debe el poder judicial limitarse a la aplicación de la ley o hacer justicia?
Si bien la justicia se imparte cuando ambas partes en conflicto poseen recursos equiparables y pueden para pagar los procesos, en la mayoría de los casos que involucran a la población que carece de los recursos para pagar los servicios de los abogados en los procesos o para influir en los juzgadores, basta con que los juzgadores apliquen los criterios de incumplimiento de procesos para que los más pobres resulten perjudicados o para que la justicia tarde mucho en llegar. Es decir, los juzgadores no tienen ni sienten ninguna obligación con la justicia si no hay quien siga diligentemente los procesos y pueda pagar abogados eficientes.
Por ello, la iniciativa de que los miembros del poder judicial sean elector por voto popular resulta bastante interesante porque abre la posibilidad de que éstos reconstruyan su relación y establezcan su compromiso con los electores que les del su voto y no con los gobernantes que los nombraban o con los dueños del poder económico tan diligentes en influir en sus decisiones, de tal forma que emitir decisiones injustas los podrían alejar de sus cargos por la vía de voto popular.
Sigue existiendo el riesgo de que los organizadores del proceso no hagan una buena selección o utilicen criterios más políticos que de justicia para presentar a los prospectos que serán electos como juzgadores, sin embargo, hacerlo de esta manera representa una gran ventaja frente al criterio vertical y unilateral del presidente, y a los nombramientos internos con reglas y criterios propios muy alejados de las necesidades de justicia que demanda la población.
Resulta además interesante que Sinaloa haya sido electa como sede del último de nueve foros de consulta, de parlamento abierto, organizado por el Congreso de la Unión, donde se presentarán las conclusiones previas a la discusión de la iniciativa de reforma para la elección popular de ministros, jueces y magistrados por voto popular.
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