Por Son Playas

La Administración del Sistema Portuario Nacional (Asipona) Mazatlán otorgó contrato de cesión parcial de derechos y obligaciones por un periodo de 20 años en el Cerro del Crestón para la instalación de una tirolesa; éste fue avalado previamente por el Comité de Otorgamiento de Contratos en sesión ordinaria el 01 de agosto de 2023.

Tanto el contrato, como la resolución del Comité, están firmados por el Almirante Mariel Alquileo Ancona Infanzón, director general de Asipona Mazatlán, y por el representante legal de la Operadora Turística Observatorio 1873 S.A de C.V., promovente del proyecto “servicios turísticos y juegos de aventura en Tirolesa”.

Con el respaldo de esta concesión, actualmente se realizan perforaciones en la ladera poniente del cerro, muy cerca del faro, los andadores y el mirador de cristal. Este proyecto ha generado inconformidad entre ambientalistas, personas de la academia y vecinos del área por considerar que se trata de una apropiación del espacio público para fines particulares y por su impacto ambiental. También se cuestiona las facultades de la Asipona para concesionar un sector de esa elevación natural.

Otros argumentos en contra se refieren a que la obra inició sin un dictamen de riesgos y sin un permiso de construcción por parte del Ayuntamiento de Mazatlán, quien suspendió los trabajos y colocó sellos desde el 11 de abril, pero las excavaciones no han parado. En contraparte, el empresario Amado Guzmán, promovente del proyecto, ha declarado a medios de comunicación locales que cuenta con los permisos necesarios y que la tirolesa incrementará el atractivo turístico del destino.

En tanto, una cuadrilla de trabajadores continúa con la excavación sin cascos, arnés o líneas de vida para la prevención de caídas. Tampoco disponen de baño. Los desechos pétreos que se desprenden de la perforación caen sobre el acantilado.

Vista aérea del faro y la excavación que se realiza en la ladera del Cerro del Crestón. Fotos: Parque Natural Faro Mazatlán.

Los trabajadores no portan casco, arnés ni línea de vida que los sostenga en caso de caídas. Tampoco tienen baño. Foto: Parque Natural Faro Mazatlán.

¿Por qué se concesionó el Cerro del Crestón para una tirolesa?

La Administración del Sistema Portuario Nacional (Asipona) es una empresa paraestatal que se encarga de la planeación, programación, desarrollo, uso, aprovechamiento y explotación de los puertos que le son concesionados. En el país existen un total de 16 Asiponas que son coordinadas por la Secretaría de Marina, nueve de ellas se ubican en el Pacífico mexicano y siete se distribuyen en el Golfo de México y Mar Caribe.

A la Secretaría de Marina le corresponde administrar los puertos, así como otorgar concesiones y permisos para la ocupación de las zonas federales dentro de los recintos portuarios. El año pasado, esta dependencia federal hizo un acuerdo con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para poder modificar la delimitación y determinación del recinto portuario de Mazatlán e incluir también los predios del Cerro El Crestón.

A su vez, la Semarnat tiene la facultad de ejercer la posesión y propiedad de la nación en las playas, zona federal marítimo terrestre y terrenos ganados al mar, «por lo que está facultada expresamente para intervenir en todo lo relativo a la delimitación y determinación de los Recintos Portuarios», según se indica en el decreto de ampliación publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha del 27 de julio de 2023.

Con ese acuerdo se modificó y amplió la delimitación del área concesionada a la Asipona, quedando constituida con una poligonal envolvente de 10 millones 413 mil 980 metros cuadrados (equivalente a 1041 hectáreas). El 13.48% de esa área es tierra y el resto es agua. Además de incorporar al Cerro del Crestón, la ampliación se extiende sobre la línea de costa de la Isla de la Piedra e Isla de Chivos, según han advertido los ejidatarios.

La incongruencia

En el artículo tercero del citado decreto se especifica que los bienes del dominio público ubicados en el recinto portuario «se destinarán al establecimiento de instalaciones y a la prestación de servicios portuarios. En caso de que a dichas áreas se les dé un destino distinto, quedarán excluidas, por ese solo hecho, del recinto portuario y pasarán a la competencia de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales».

Este espacio está habilitado para el tráfico de altura, mixto, de cabotaje y pesca, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 1974, pero la Asipona otorgó un contrato a un particular para la instalación de una tirolesa en el Cerro del Crestón por un periodo de 20 años con fines turísticos.

El recinto portuario debe utilizarse para el tráfico de altura, mixto, de cabotaje y pesca, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 1974. Foto: Son Playas.

¿Qué dice el contrato expedido por la Asipona?

El contrato registrado con número ASIPONAMAZOl-254/23 está firmado por el particular y la Asipona Mazatlán. Entre las condiciones del permiso de operación de la tirolesa se menciona que el área cedida se debe utilizar para “servicios turísticos y juegos de aventura en Tirolesa”.

Contrato avalado por el Comité de Otorgamiento de Contratos en sesión ordinaria el 01 de agosto de 2023.

Previamente, en el acuerdo con número de folio COC-IV-ORD-1-23 de agosto de 2023, el Comité de Asipona acordó lo siguiente con relación al proyecto Tirolesa en Mazatlán:

“Que Operadora Turística Observatorio 7873 S.A de C.V. tendrá el uso y aprovechamiento de una superficie de 66 m2 (sesenta y seis metros cuadrados) ubicada en la cima del Cerro del Crestón. Las medidas y colindancias de este terreno, que forma parte del Recinto Portuario de Mazatlán, están detalladas en el plano presentado en la solicitud. Esta área se destinará exclusivamente al uso y aprovechamiento por parte de Operadora Turística para proporcionar el servicio turístico de juegos de aventura en Tirolesa”.

En el documento, que Son Playas obtuvo a través de una solicitud en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), disponible para consulta pública, también se precisa que el particular asume responsabilidades críticas para el mantenimiento y operación de las áreas cedidas.

«Parte esencial de sus responsabilidades incluye también el cumplimiento de las normativas ambientales, la capacitación apropiada del personal, y la implementación de planes de emergencia y respuesta a incidentes”, se expresa en el documento.

Contrato de cesión parcial aprobado por el Comité de Otorgamiento de Contratos en sesión ordinaria el 01 de agosto de 2023.

También se menciona que «el particular deberá cumplir con las disposiciones de los tratados internacionales ratificados en el ámbito del ambiente, así como coadyuvar en las certificaciones que se requieran para mantener el equilibrio ecológico y la protección de los recursos naturales».

«El cesionario asume las responsabilidades derivadas de los daños que, en materia de ecología y de protección del ambiente, se causen con motivo o consecuencia de la operación del área cedida y/o de la prestación del servicio», señala.

En el documento, la Asipona indica que el particular le deberá pagar una contraprestación anual fija por el servicio de 84 mil pesos; y que la duración del contrato será de 20 años a partir de la fecha de firma del documento que corresponde a 2023, es decir, la vigencia será hasta 2043.

En lo que corresponde a las sanciones y garantías, la Asipona precisa que habrá penalizaciones al particular si presenta documentos falsos y por modificación o alteración sustancial de la naturaleza o condiciones del área sin consentimiento; también es motivo de multas si el particular impide el trabajo de otros prestadores de servicio en la zona y por no realizar trabajos de conservación, reparación y mantenimiento.

Excavación para la instalación de la Tirolesa Mazatlán. Foto.: Parque Natural Faro Mazatlán.

Causas para rescindir el contrato de la tirolesa

  • Por no cubrir oportunamente al afectado las indemnizaciones por daños y perjuicios, que se originen con motivo de la ejecución o prestación del servicio.
  • Por no cubrir oportunamente cualquier parte del pago de la contraprestación que equivale a 84 mil pesos anuales en dos meses seguidos o por omitir otros pagos.
  • Por dar al área cedida un uso distinto al pactado.
  • Por no ejercer los derechos derivados del contrato durante un lapso mayor a un mes.
  • Por incumplir con obligaciones a su cargo en materia de protección ecológica.

El contrato de cesión parcial de derechos deja claro que este podrá ser prorrogado hasta por un plazo igual siempre que se cumplan requisitos.

***

Este trabajo fue publicado originalmente por Son Playas, medio especializado en periodismo ambiental con sede en Mazatlán. Para consultar el contenido original, dar clic aquí.