Culiacán, Sin.- Activistas de la comunidad LGBT+ buscan suprimir el delito conocido como “Peligro de Contagio” del Código Penal de Sinaloa, el cual castiga con cárcel a “la persona que sabiendo que padece una enfermedad transmisible ponga en peligro de contagio la salud de otra”.

Tiago Ventura, activista LGBT+ en Sinaloa, informó que la intención de eliminar este delito forma parte de un proyecto de despenalización nacional promovido por Gay Latino Internacional – Capítulo México, pues en muchos estados, entre ellos Sinaloa, no hay un avance notable en contra de la discriminación y estigmatización hacia personas que viven con VIH.

Para ello, se presentarán iniciativas ciudadanas en los congresos estatales, en contra del llamado “Peligro de Contagio”, las cuales serán respaldadas por activistas nacionales e internacionales. Además, se buscará el apoyo de actores políticos para llevar la iniciativa a nivel nacional, explicó Ventura.

Agregó que en la entidad ya se ha intentado despenalizar este delito. En septiembre del año pasado se presentó una iniciativa ciudadana en el Congreso del Estado de Sinaloa con este fin, pero fue desechada por las y los legisladores sin alguna explicación de por medio.

“Se desechó en segunda lectura por el grupo parlamentario de Morena, lo cual nos parece sumamente grave porque es una iniciativa que va a ayudar mucho a las personas que viven con VIH”, dijo.

 

“Nos sentimos bastante decepcionados porque en otras iniciativas sí habíamos sido aliados con ellos (Morena) de estas causas y estamos esperando que esta legislatura se termine para volver a presentar la iniciativa, para volver a cabildear, pero ya con apoyo nacional e internacional”, agregó.

El Código Penal de Sinaloa, en su artículo 149 señala lo siguiente:

“Al que sabiendo que padece algún mal grave y transmisible ponga por cualquier medio en peligro de contagio la salud de otro, se le impondrá de seis meses a un año de prisión; si con motivo del contagio se pone en peligro la vida o fallece la víctima, se atenderá a las disposiciones legales respectivas.

Cuando el contagio se dé entre cónyuges o concubinos, sólo se procederá por querella de parte.”

Esto, de acuerdo con Ventura, fomenta la discriminación hacia las personas que viven con VIH, pues se ven obligadas a revelar su diagnóstico en entornos laborales, educativos o sociales, teniendo el riesgo de no ser contratados y ser estigmatizados debido a la falta de conciencia que hay sobre esta enfermedad.

De ahí la necesidad de sensibilizar a la población sobre la no discriminación hacia personas con VIH y eliminar disposiciones legales que atenten contra la dignidad de estas personas.

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