Culiacán, Sinaloa.- El abogado Milton Ayala, parte del equipo jurídico de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), argumentó que no es posible convocar elecciones para la rectoría de la institución, pues según Ayala, la resolución judicial establece que Jesús Madueña Molina no ha sido separado de manera definitiva de su cargo, sino que enfrenta una suspensión temporal, lo que implica que, en cualquier momento, el rector podría ser reinstalado.
“¿Qué significa esto? Que el doctor Jesús Madueña Molina no fue separado de manera definitiva del encargo y en cuanto termine el proceso el doctor Jesús Madueña Molina debe de ser reinstalado en su encargo, por eso no puede haber elecciones mientras no termine ese proceso”, dijo.
A través del programa Punto Universitario, de Radio UAS, el abogado explicó que según la diputada presidenta de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, María Teresa Guerra Ochoa, la UAS debe convocar a elecciones, sin embargo, el artículo transitorio segundo de la reforma a la Ley establece que las actualizaciones reglamentarias derivadas de este decreto deben ser emitidas dentro de los 90 días posteriores a su entrada en vigor, por lo que, antes de realizar elecciones, es necesario hacer ajustes en el Estatuto General y en el Consejo Universitario, así como nombrar las comisiones correspondientes.
“En ese sentido la Universidad está dentro del término, en caso que no se suspendiera la ley, para emitir la reglamentación y poder establecer la forma en la que se dará las elecciones tanto de directores, rectores, consejeros y demás órganos que mandarte a dicho reglamento”, dijo.
Por otra parte, el abogado dijo que el nombramiento de Candelario Ortiz sí es legal, ya que fue nombrado secretario general bajo la normativa de la ley orgánica vigente en ese momento y la nueva reforma a la ley orgánica señala que las faltas temporales del rector que no excedan de 40 días hábiles serán cubiertas por el secretario general de la institución.
“No necesitan reconocerlo, pero básicamente lo hicieron, porque él doctor Candelario Ortiz Bueno, como secretario de la UAS, firma los títulos y certificados de estudio de las Preparatorias, entonces en esa calidad firmó un sin número de títulos en razón de la autorización que se le dio por parte de la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública Federal”, señaló.
“En segundo punto, (…) el artículo de la nueva ley y no quiero decir que con eso se convalida, pero (…) establece cómo se suplirán las faltas y dice el artículo 35 de la reforma publicada (…) en el periódico oficial (…) y el artículo 35 dice que las faltas temporales del rector que no excedan de 40 días hábiles serán cubiertas por el secretario general de la institución. Entonces el secretario general de la institución es el doctor Candelario Bueno, de acuerdo a esta reforma y de acuerdo a la ley anterior”, agregó.
Finalmente, reiteró que la reforma a la Ley Orgánica viola la autonomía universitaria al incumplir lo que establece el artículo tercero constitucional en su fracción séptima y la Ley General de Educación Superior en su artículo segundo sobre que la reformas deben de surgir del interior de la comunidad universitaria, deben pasar a través de una consulta informada y previa al proceso legislativo, en el cual los universitarios se deberá de manifestar expresamente, así como el máximo órgano de gobierno de la universidad.
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