Culiacán, Sinaloa.- Con el objetivo de elevar estándares de integridad entre quienes buscan cargos de elección popular, el grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México en el Congreso de Sinaloa propuso una reforma constitucional que haría obligatorio presentar un examen toxicológico para poder registrarse como candidato o candidata.
La iniciativa con folio 1254 fue presentada por los diputados Rodolfo Valenzuela, Yeraldine Bonilla, Martha Dagnino, Briseida Valenzuela, Juan Diego Aranzubia y Juan Carlos Villa, quienes argumentaron que el consumo de drogas ilegales pone en riesgo la toma de decisiones, la imparcialidad y la estabilidad emocional de quienes ocupan funciones públicas.
Según la exposición de motivos, se busca que el examen sea aplicado por instituciones públicas de salud y tenga una vigencia máxima de 30 días previos al registro de la candidatura. En caso de no presentarlo o de obtener un resultado positivo sin justificación médica, la persona aspirante quedaría excluida del proceso electoral por improcedencia de registro.
“(Los representantes populares) toman decisiones que impactan directamente en la vida de las personas, en la administración de recursos públicos y en la construcción de políticas públicas. En este sentido, es razonable y necesario que las y los ciudadanos que aspiren a ocupar un cargo de elección popular cumplan con requisitos de elegibilidad que garanticen su aptitud moral, física y mental”, señala la iniciativa.
La propuesta se suma a otros requisitos de elegibilidad ya establecidos en la Constitución estatal, como no estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, no haber sido condenado por violencia política de género o delitos sexuales, y cumplir con la paridad de género.
El examen toxicológico se integraría como un nuevo filtro para fortalecer la ética en el ejercicio del poder.
Los legisladores citaron recomendaciones de organismos internacionales como la OMS, la UNODC y los CDC de Estados Unidos, que advierten sobre los efectos negativos del consumo de sustancias psicoactivas en el entorno laboral y la toma de decisiones. También tomaron como referencia el artículo 5 de la Constitución de Baja California, que ya exige este tipo de pruebas a candidatos locales.
Además, la propuesta incluye mecanismos para garantizar la confidencialidad de los resultados, así como la posibilidad de justificar resultados positivos por tratamientos médicos legítimos, con respeto al debido proceso y los derechos humanos.
“Esta medida no busca estigmatizar a las personas con problemas de adicciones, sino establecer una condición mínima de aptitud para aspirar a representar al pueblo”, señalaron.
De aprobarse, la reforma aplicaría a elecciones futuras tanto en el ámbito estatal como municipal y entraría en vigor tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Aunque la iniciativa no enumera explícitamente cuáles, está sí cita informes de la OMS y la UNODC, que consideran drogas sustancias como:
- Metanfetaminas
- Cannabis (THC)
- Cocaína
- Opioides (heroína, morfina, fentanilo, etc.)
- Benzodiacepinas (cuando no están justificadas por receta médica)
- Alcohol (en algunos paneles, aunque su legalidad depende del contexto y consumo reciente)
¿Qué artículos son los más relevantes?
La propuesta de reforma modifica y adiciona varios artículos de la Constitución Política del Estado de Sinaloa. Los cambios son:
- Artículo 25, fracción VI (nueva): Obliga a presentar un examen toxicológico con vigencia máxima de 30 días antes del registro de la candidatura. Si el resultado es positivo sin justificación médica, se rechaza el registro.
- Artículo 56, fracción XI (nueva): Reitera la exigencia del examen para quienes busquen cargos de elección popular a nivel estatal, bajo los mismos términos y consecuencias.
- Artículo 115, fracciones IV, V (reformadas) y VI (nueva): Se actualizan los requisitos ya existentes, como no figurar en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos y no haber sido condenado por violencia política o delitos sexuales. Se añade como requisito la presentación del examen toxicológico, aplicado por instituciones públicas de salud y con las mismas condiciones de validez y sanción por incumplimiento.
El decreto también contempla artículos transitorios que otorgan 60 días a las autoridades para emitir lineamientos de aplicación, y aclara que la medida aplicará en elecciones posteriores a su entrada en vigor.
Comentarios
Antes de dejar un comentario pregúntate si beneficia a alguien y debes estar consciente en que al hacer uso de esta función te adíeles a nuestros términos y condiciones de uso.