Culiacán, Sinaloa.- La tarde de este miércoles 24 de septiembre continuó la audiencia inicial en contra de Sandra, señalada por el Ministerio Público de intentar asesinar a un paciente de alta peligrosidad en el Hospital General de Culiacán, presuntamente haciéndose pasar por enfermera.
El caso, conocido públicamente como el de la “falsa enfermera”, tuvo nuevos avances: la jueza decidió que debe enfrentar un juicio penal por el delito de homicidio calificado con premeditación, que contempla una pena máxima de 33 años y cuatro meses de prisión.
Testigo pide protección
Durante la audiencia, la enfermera Carolina, llamada como testigo por la fiscalía, solicitó medidas de protección para ella y su familia. Carolina negó conocer previamente a la imputada, contrario a lo que Sandra había declarado en una audiencia anterior.
En apoyo a la testigo, cuatro enfermeras que portaban distintivos de Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el coordinador jurídico de dicha institución acudieron a la sala, pero fue a ellas a quienes se les pidió retirarse para no influir en el desarrollo de la audiencia.
Los argumentos de la defensa
La defensa de Sandra insistió en que su representada es médico general y que había realizado prácticas en el Hospital General, lo que explicaría su presencia en el área “Código Plata”, espacio reservado para pacientes de alto riesgo y bajo resguardo de la Guardia Nacional.
También argumentaron que no existían pruebas suficientes para acreditar su responsabilidad y que debía descartarse la vinculación a proceso.
Además, solicitaron que, en caso de ser vinculada como probable responsable, pudiera enfrentar el proceso en prisión domiciliaria, dado que tiene una hija de 11 meses que continúa bajo lactancia.
El Ministerio Público encontró contradicciones
El Ministerio Público expuso que la versión de la defensa era inverosímil. Señaló que la imputada portaba una cofia, prenda asociada a enfermeras y no un gorro cirujano como mencionó en la primera audiencia. Además, recordaron que pidió ayuda para colocar un suero, pese a presentarse como médico general, lo que consideraron contradictorio.
Añadieron que el paciente no recibía medicamentos por vía intravenosa, sino vía oral, y que los fármacos encontrados en poder de Sandra podían resultar nocivos al ser suministrados de manera combinada.
También puntualizaron que la imputada fue detenida en flagrancia y que en 2023 había sido arrestada por falsedad ante la autoridad, lo que consideran un antecedente relevante.
Sobre el tema de la hija de la acusada, el Ministerio Público sostuvo que a los 11 meses ya no se trata de lactancia indispensable, sino de apego, y que no era un argumento suficiente para conceder prisión domiciliaria.
Decisión de la jueza
Tras escuchar a ambas partes, la jueza Graciela Adriana Peraza García determinó que sí existen elementos suficientes para acreditar la probable responsabilidad de Sandra en el delito de homicidio calificado con premeditación en grado de tentativa.
Ordenó la medida cautelar de prisión preventiva y concedió al Ministerio Público un plazo de cuatro meses para concluir la investigación complementaria. Es decir, por lo menos durante ese tiempo Sandra deberá permanecer en cárcel a la espera de que se demuestre si es o no culpable.
En ese tiempo, la fiscalía deberá aportar pruebas, incluidas los exámenes periciales sobre llamadas telefónicas que haya hecho con su celular.
La audiencia concluyó el miércoles 24 de septiembre de 2025 a las 17:49 horas.
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