Karen Rojas Kauffmann / El Muro
Oaxaca de Juarez.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las penas previstas para el delito de feminicidio en Oaxaca y confirmó que las sanciones de entre 40 y 60 años de prisión, así como los incrementos aplicables en casos agravados, son compatibles con la Constitución mexicana. La decisión fortalece el marco jurídico para la persecución de uno de los delitos más graves cometidos contra las mujeres y reconoce que la violencia feminicida constituye una afectación directa a derechos fundamentales como la vida, la dignidad, la igualdad y el derecho a vivir libres de violencia.
La resolución deriva del Amparo Directo en Revisión 7013/2025, resuelto por el Pleno de la Suprema Corte el pasado 10 de junio de 2026. El caso fue promovido por una persona sentenciada por feminicidioagravado que impugnó la constitucionalidad de la pena impuesta bajo el argumento de que una sanción superior a 60 años de prisión equivalía, en los hechos, a una pena perpetua prohibida por el orden constitucional mexicano.
Al analizar el caso, las ministras y ministros determinaron que las disposiciones contenidas en los artículos 411, fracción III, y 412 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca cumplen con los estándares constitucionales y responden a la especial gravedad del delito. La Corte sostuvo que el feminicidio no constituye únicamente una privación arbitraria de la vida, sino la manifestación más extrema de la violencia de género, producto de relaciones históricas de discriminación, subordinación y desigualdad que afectan de manera estructural a las mujeres.
En su análisis, el máximo tribunal señaló que el Poder Legislativo cuenta con un amplio margen de configuración para establecer respuestas penales diferenciadas frente a conductas que lesionan bienes jurídicos especialmente protegidos. En ese sentido, consideró que la severidad de las penas previstas para el feminicidio guarda correspondencia con la magnitud del daño causado y con la obligación del Estado mexicano de prevenir, investigar, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, conforme a los compromisos asumidos en instrumentos internacionales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará.
La decisión adquiere relevancia en una entidad donde la violencia contra las mujeres continúa siendo un problema persistente. En los últimos años, Oaxaca ha figurado de manera recurrente entre los estados con mayores registros de violencia feminicida y violencia política contra las mujeres en razón de género. Organizaciones civiles, colectivas feministas y organismos defensores de derechos humanos han documentado las dificultades que enfrentan las víctimas y sus familias para acceder a la justicia, así como los obstáculos institucionales que persisten en la investigación de estos delitos.
De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESESP), el feminicidio sigue siendo uno de los delitos de mayor impacto social en el país. Aunque en los últimos años se han fortalecido los marcos legales y los protocolos especializados para su investigación, organismos nacionales e internacionales han advertido que la impunidad continúa siendo uno de los principales desafíos para garantizar el acceso efectivo a la justicia para las mujeres víctimas de violencia extrema.
La sentencia de la Suprema Corte responde a la exigencia social de resultados institucionales más eficaces frente a la violencia feminicida. Al validar la constitucionalidad de las penas previstas en Oaxaca, el tribunal reafirmó que el Estado tiene la obligación de adoptar medidas proporcionales a la gravedad de los hechos y de reconocer el impacto diferenciado que este delito genera sobre las mujeres, sus familias y la sociedad en su conjunto.
Con esta resolución, la SCJN establece un criterio que fortalece la certeza jurídica en materia penal y ratifica la constitucionalidad de uno de los principales instrumentos legales con los que cuenta Oaxaca para sancionar la violencia feminicida, un fenómeno que continúa representando una de las más graves violaciones a los derechos humanos de las mujeres en el estado.

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