Las reformas al Código Penal de Sinaloa en materia de delitos cibernéticos, que impide el mal uso de materiales informativos sobre víctimas de la violencia, debe ser analizada a fondo pues pretende regular el sensacionalismo como carnada de morbo para la audiencias, pero mal aplicadas podrían ser instrumentos para la censura.

Se trata de modificaciones en materia legal que han sido concretadas en otras entidades del país, sin embargo, dada la crisis de la seguridad pública en Sinaloa es posible que el espíritu de éstas sea tergiversado para reforzar la estrategia gubernamental que maquilla cifras de afectaciones de la narcoguerra para hacer creer a la sociedad que la incidencia criminal va anla baja.

Las reformas establecen que se impondrán de uno a cinco años de prisión y de sesenta a trescientos días de multa a la persona servidora pública que, de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la Ley como delitos.

“Si se trata de imágenes, audios o videos de cadáveres o parte de ellos, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, la pena de prisión será de dos a seis años y de cien a trecientos cincuenta días de multa. Tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes, de las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud, la pena de prisión será de cinco a ocho años y de quinientos a mil quinientos pesos”.

Siempre que se trata de inhibir la libre circulación de contenidos o materiales relacionados con la violencia o de apología al delito, el Congreso debe abrir el debate respectivo para que reformas penales de este tipo sean legitimadas o rechazadas. En tanto, al ser preceptos jurídicos ya aprobados, lo que sigue es activar la vigilancia y observancia ciudadanas que eviten que se les dé un uso distinto a la intención original del producto legislativo.