Culiacán, Sinaloa.- El Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sinaloa admitió la demanda de juicio de amparo promovida por Silvia Alejandra Pineda Prado contra el Congreso del Estado y otras autoridades, por su destitución como titular de la Unidad Técnica de Evaluación, aprobada el 1 de abril de 2026.
La admisión del expediente 548/2026 ocurrió después de que el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Segundo Circuito revocara, por unanimidad de votos, el desechamiento inicial de la demanda, el pasado 8 de octubre.
De acuerdo con la información difundida por Pineda Prado, el Juzgado Primero de Distrito había desechado su demanda el 21 de abril, al considerar que la remoción correspondía a las facultades soberanas o discrecionales del Poder Legislativo.
Ante esta determinación, la exfuncionaria interpuso un recurso de queja, registrado con el expediente 416/2026. El Tribunal Colegiado declaró fundado el recurso y determinó que no existía una causa manifiesta e indudable de improcedencia que justificara desechar el amparo desde el inicio.
La resolución ordenó que el juzgado emitiera un nuevo pronunciamiento, por lo que el 29 de octubre admitió formalmente la demanda. La notificación a Pineda Prado ocurrió un día después.
¿Por qué destituyeron a Alejandra Pineda?
El 1 de abril de 2026, durante una sesión extraordinaria, el Congreso de Sinaloa aprobó su remoción mediante el Acuerdo 154. La decisión se tomó luego de que el Poder Legislativo incluyera en el orden del día un dictamen para separarla del cargo, sin que, según denunció entonces, se le permitiera intervenir para defenderse.
Tras conocer la determinación, Pineda Prado acusó que su destitución obedeció a una decisión política y no administrativa. También señaló que anteriormente había sido ratificada por la Comisión de Fiscalización para continuar en el cargo por otros cuatro años.
En declaraciones a ESPEJO, sostuvo que la decisión estaba relacionada con su intención de revisar trabajos de construcción realizados por la Auditoría Superior del Estado (ASE).
“A mí en un inicio, la primera vez, Tere fue muy clara conmigo y me dijo, es que sabemos qué haces bien tu trabajo pero te tenemos que remover porque te metiste a querer revisar la obra que está haciendo la ASE. Y pues la auditora se quejó en niveles superiores y están pidiendo que te remuevan”, declaró el 1 de abril.
Durante esa misma jornada, el Congreso también contempló la extinción de la Unidad Técnica de Evaluación, órgano técnico encargado de dar seguimiento y evaluar el desempeño de la ASE.
Pineda Prado advirtió entonces que su desaparición implicaría dejar de realizar evaluaciones y auditorías al órgano fiscalizador.
¿Qué sigue en el juicio de amparo?
Como parte del procedimiento, el Juzgado Primero de Distrito requirió a las autoridades señaladas como responsables presentar sus informes justificados en un plazo de 15 días, contados a partir de la recepción del oficio correspondiente. También dio intervención al Ministerio Público Federal y tuvo por ofrecidas las pruebas documentales presentadas por la promovente.
La audiencia constitucional quedó programada para el próximo 30 de noviembre, a las 10:38 horas, ante el Juzgado Primero de Distrito.
La admisión del amparo permite que continúe el procedimiento judicial, pero no representa en sí una resolución sobre la legalidad o constitucionalidad de su destitución. Esa determinación corresponderá al órgano jurisdiccional al analizar los argumentos y las pruebas de las partes.

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