Culiacán.- La compra del voto es una práctica ilegal que puede castigarse con cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley General de Delitos Electorales.

En México, esta acción corresponde a un delito electoral, el cual puede presentarse acompañado de amenazas, violencia o intentos de coacción provenientes de cualquier persona, las cuales también se consideran como prácticas ilegales. A continuación te informamos sobre qué acciones se constituyen como delitos electorales y cómo pueden denunciarse.

¿Qué es un delito electoral?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en riesgo el desarrollo de la función electoral, que a su vez atentan contra las universalidad, libertad y secrecía con la una persona emite su voto.

Existen diferentes delitos electorales, los cuales cuentan con sanciones específicas. Entre los más conocidos se encuentran la manipulación de votos, la intimidación de los votantes, el uso de bienes y servicios públicos en la campaña y la jornada electoral, el condicionar el acceso a servicios públicos y programas sociales, así como destruir o dañar el material electoral.

De acuerdo a la Ley General de Delitos Electorales acciones castigables que puede cometer cualquier persona, mientras que hay otros que pueden realizar servidores públicos o funcionarios de partidos.

Entre los que pueden cometer cualquier ciudadana o ciudadano y  que equivalen a cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años, se encuentran los siguientes:

  • Solicitar votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
  • Votar más de una vez en una misma elección.
  • Hacer proselitismo o presionar objetivamente a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas o en el lugar en que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo.
  • Retener durante la jornada electoral, sin causa justificada por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos.
  • Votar o pretender votar con una credencial para votar de la que no se tenga la titularidad.
  • Impedir, sin causa legalmente justificada, la instalación o clausura de una casilla. Si la conducta se realiza por una o varias personas armadas o que utilicen o porten objetos peligrosos, a la pena señalada se aumentará hasta en una mitad, con independencia de las que correspondan por la comisión de otros delitos.
  • Por sí o interpósita persona, proporcionar fondos provenientes del extranjero a un partido político, coalición, agrupación política o candidato para apoyar actos proselitistas dentro de una campaña electoral.

 

Por otra parte, la Ley General de Delitos Electorales señala que la persona que utilizando bienes, fondos, servicios o beneficios relacionados con programas sociales, ejerza cualquier tipo de presión sobre el electorado para votar o abstenerse de votar por una o un candidato, partido político o coalición, o bien para participar o abstenerse de participar en eventos proselitistas, o para votar o abstenerse de votar por alguna opción durante el procedimiento de consulta popular, será acreedora una sanción de trescientos a seiscientos días de multa y prisión de cuatro a nueve años.

¿Qué delitos pueden cometer los servidores públicos?

 

El artículo 11 señala que, se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que

  • Coaccione o amenace a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición.
  • Condicione la prestación de un servicio público, el cumplimiento de programas gubernamentales, el otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, franquicias, exenciones o la realización de obras públicas, en el ámbito de su competencia, a la emisión del sufragio en favor de un precandidato, candidato, partido político o coalición; a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un precandidato, candidato, partido o coalición.
  • Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado.
  • Proporcione apoyo o preste algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo o a través de sus subordinados, en sus horarios de labores.
  • Solicite a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política.
  • Se abstenga de entregar o niegue, sin causa justificada, la información que le sea solicitada por la autoridad electoral competente, relacionada con funciones de fiscalización.

 

¿Cómo denunciar un delito electoral?

 

Los delitos electorales se pueden denunciar en cualquier agencia del Ministerio Público federal o estatal, así como por los distintos canales que pone la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE):

  1. Vía telefónica (Fepadetel), al número 01 800 833 7233.
  2. Internet, a través de la página www.fepadenet.gob.mx.
  3. Utilizando la aplicación FEPADE Móvil.

El próximo domingo 2 de junio, en México se realizará la jornada electoral conocida por los organismos electorales como la más grande de la historia política del País, debido a la gran cantidad de cargos que serán votados. Ante ello, resalta la importancia de detectar y denunciar cualquier acto que dañe la integridad del proceso democrático.

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