México.- Con el objetivo de simplificar los trámites fiscales y reducir la carga administrativa de los contribuyentes, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que aquellos que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) estarán exentos de presentar la declaración anual y deberán concentrarse únicamente en declaraciones mensuales.
Antes de este ajuste, los contribuyentes bajo el RESICO estaban obligados a presentar tanto las declaraciones mensuales como la declaración anual, lo que representaba una carga adicional, especialmente para los pequeños empresarios y emprendedores.
Además de la eliminación de la declaración anual, el SAT también anunció una ampliación del RESICO para incluir a personas que participen como socios o accionistas en sectores específicos. Entre ellos se encuentran las áreas de agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas, lo que permitirá a un mayor número de contribuyentes beneficiados de este régimen simplificado.
La medida también establece que estos contribuyentes podrán tributar bajo el RESICO siempre y cuando no hayan aplicado la exención fiscal prevista en el artículo 74 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
¿Qué es RESICO?
De acuerdo con el SAT, el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es una simplificación administrativa que entró en vigor en 2022 para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz.
En personas físicas, la propuesta está orientada a contribuyentes que perciben ingresos anuales menores de 3.5 millones de pesos facturados conforme a su actividad económica, pertenecientes a alguno de los cuatro regímenes fiscales que conforman el Régimen Simplificado de Confianza:
- Actividades empresariales y profesionales.
- Régimen de Incorporación Fiscal.
- Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento),
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas.
Los trabajadores asalariados no participan en este régimen sino que se mantienen bajo el Régimen de Sueldos y Salarios.
Mientras que en personas morales aplica en aquellas constituidas únicamente por personas físicas que no estén asociados a otras personas morales, cuyos ingresos totales en el año no excedan de 35 millones de pesos, entre otros requisitos establecidos.
Este régimen tiene el objetivo de otorgar mayor liquidez a estas personas morales. Es decir, pretende que las empresas tengan mayor cantidad de efectivo para sus gastos inmediatos.
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