Sinaloa.- La situación de violencia derivada del conflicto armado entre facciones del crimen organizado ha marcado profundamente a la población de Culiacán. Según la legislación federal y estatal, prácticamente toda la ciudadanía puede considerarse víctima debido a afectaciones económicas, físicas, mentales o emocionales. Aquí te explicamos los tipos de víctimas reconocidos, cuántos culiacanenses han sido afectados y cómo pueden reconocerse como víctimas.

¿Qué dice la ley sobre las víctimas?

La Ley General de Víctimas y la Ley de Atención y Protección a Víctimas del Estado de Sinaloa definen como víctimas a aquellas personas que han sufrido daños a sus derechos humanos o bienes jurídicos por delitos o violaciones a sus derechos. Esto incluye:

  • Víctimas directas: Personas afectadas directamente por el daño.
  • Víctimas indirectas: Familiares cercanos o personas con relación inmediata a la víctima directa.
  • Víctimas potenciales: Quienes están en riesgo por asistir a las víctimas o impedir violaciones de derechos.
  • Grupos y comunidades: Aquellos afectados colectivamente en sus derechos e intereses.

¿Cuántos sinaloenses son víctimas?

Con base en cifras oficiales del INEGI y la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE), se estima que en 2023 hubo 630,785 víctimas directas en Sinaloa. Considerando el promedio familiar de 3.43 personas, esto representa alrededor de 2,163,591 víctimas directas e indirectas, equivalente al 71.4% de la población del estado.

En Culiacán, con una población aproximada de 1,003,530 habitantes (INEGI 2020), la cifra de afectados por el conflicto armado desde septiembre de 2024 se considera casi total.

Desde el 9 de septiembre de 2024, la población de Culiacán ha visto vulnerados múltiples derechos fundamentales, como:

  • Derecho a la vida, libertad y seguridad.
  • Derecho al trabajo y condiciones laborales dignas.
  • Derecho a la educación.
  • Derecho a la seguridad social y a un nivel de vida adecuado.

¿Cómo reconocerse como víctima?

El artículo 3 de la Ley de Atención y Protección a Víctimas de Sinaloa señala que el reconocimiento como víctima no depende de que se identifique o detenga al responsable del daño. Las personas afectadas pueden:

  • Presentar una solicitud ante la Comisión Estatal de Atención Integral a Víctimas (CEAIV).
  • Buscar el respaldo de organismos de derechos humanos, como la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).
  • Probar el daño o menoscabo sufrido ante instancias judiciales o administrativas.

¿Quién debe atender a las víctimas?

Expertos en derechos humanos consideran que las autoridades estatales, particularmente la CEAIV, deben actuar de oficio para atender a las víctimas. Sin embargo, muchos denuncian que el Estado no cumple con su obligación de proteger y garantizar los derechos de los sinaloenses.

Ante esta omisión, la participación ciudadana y la organización comunitaria son esenciales para exigir atención y justicia.

La violencia en Culiacán ha generado una crisis de derechos humanos que afecta a casi toda la población. El reconocimiento como víctima no solo es un derecho, sino también un paso crucial para acceder a apoyo y justicia. Si te consideras afectado, acércate a las instancias correspondientes para recibir atención.

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