Al aprobar el pleno del Senado de la República el incremento a una mitad más de la sanción que establece el Código Penal Federal para quien cometa delitos de violencia intrafamiliar que afecten a mujeres embarazadas, adultos mayores o personas con discapacidad, así como el que abuse contra menores de 15 años, se fortalece el espíritu protector de la ley contra los sectores más vulnerables de la población.

En materia de consecuencias jurídicas a quienes incurren en la comisión de delitos las normas mexicanas se habían quedado rezagadas en cuanto al amparo a aquellos que desde alguna desventaja individual o grupal, principalmente en lo que corresponde a infancia, género, diversidad y etnias, enfrentan agresiones, discriminación y desplazamientos.

 

Con el dictamen que fue enviado ayer al Ejecutivo Federal se da un paso al frente en el abatimiento de las brechas de desigualdad que, a pesar de estar limitado a violencia intrafamiliar, aporta luz verde para otras legislaciones que extiendan la protección a más población en situaciones de debilidad social, política, económica, de edad y de género.

Las reformas aprobadas por el Senado establecen que bajo ninguna circunstancia se violente a los sectores más vulnerables de la población y que toda autoridad, cualquiera que sea su ámbito de competencia u orden de gobierno, tiene el deber de cuidar, proteger, asegurar y salvaguardar la integridad y desarrollo de las mujeres embarazadas, los adultos mayores y las personas con discapacidad.

Si bien es cierto que el mayor rigor de la ley, que consiste en crecer hasta en una mitad las sanciones dispuestas en los códigos penales, no es garantía de que el Estado logre inhibir la incidencia de delitos, ayuda a que las autoridades aporten más empeño y voluntad política para alcanzar mejores condiciones de legalidad, respeto y paz en los contextos familiar y comunitario.

Lo que sigue es sacar la nueva norma del papel y utilizarla para castigar a los agresores con el sentido del escarmiento aumentado.

 

También puedes leer: