Culiacán, Sinaloa.-Culiacán, Sinaloa.- Sinaloa cuenta con un total de 22 áreas naturales protegidas entre áreas de protección, santuarios, reservas, zonas sujetas a conservación, zonas de preservación e incluso zonas destinadas voluntariamente a la conservación. Además, las hay de jurisdicción federal, estatal y nacional.

Información compartida por la Dirección de Áreas Naturales Protegidas, Conservación de Ecosistemas y Gestión Forestal de la Secretaría del Bienestar y Desarrollo Sustentable de Sinaloa (SEBIDES) registra 22 áreas naturales protegidas que en su conjunto suman casi 200 mil hectáreas protegidas por la autoridad pública de distintos niveles de gobierno.

En total son seis áreas federales, cuatro estatales, nueve municipales y tres destinadas voluntariamente a la conservación, las cuales suman un aproximado de 198 mil hectáreas protegidas a lo largo y ancho del estado.

En general, la mitad de las hectáreas protegidas corresponden a áreas naturales federales, mientras que las estatales suman 60 mil y las municipales 40 mil hectáreas respectivamente. Entre las tres áreas destinadas voluntariamente a la conservación por privados suman 2 mil 430 hectáreas protegidas.

 

Pero además de estas 22 áreas ya registradas, han existido diversas propuestas que por una u otra razón no han sido declaradas como objeto de protección por alguna autoridad. Tales son los casos de la Bahía de Santa María, que tuvo un proyecto de protección alrededor del 2010 y Marismas Nacionales de Sinaloa ubicada al sur de la entidad.

Otro proyecto que aún no se ha oficializado es la Reserva de la Biosfera Tayoltita-Piaxtla, zona de con una superficie aproximada de 813 mil 521 hectáreas entre Sinaloa y Durango que recientemente el presidente López Obrador anunció en un paquete de 22 áreas a proteger por la federació, explicó a Espejo Juan Carlos Leyva, director de Pronatura Noroeste.

Independientemente del tipo o nivel de protección, toda propuesta de Área Natural Protegida debe contar con un Estudio Previo Justificativo. “Eso es de a fuerza, tu tienes que tener el estudio previo justificativo… Este es el que establece cuales son las características que justifican el régimen de protección“, indicó.

Una vez decretado una nueva ANP, lo que sigue es la creación de un Plan de Manejo y, en el caso de las áreas federales, también se crea un Consejo Asesor de la ANP en el que participen todos los actores sociales que tengan que ver en el área.

“El Consejo Asesor y el Plan de Manejo son una obligación del esquema de gobernanza de las áreas protegidas.. pero la verdad es que existen áreas que no tienen plan de manejo o que no tienen consejo asesor”, añadió.

Cabe destacar que en la legislación mexicana se diferentes regímenes de protección para las áreas protegidas y, entre las áreas federales se pueden encontrar Reservas de la Biosfera, Parques Nacionales, Monumentos Naturales, Áreas de Protección de Recursos Naturales, Áreas de Protección de Flora y Fauna y Santuarios; así como las Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación.  

1. Reservas de la Biosfera: Son áreas que abarcan ecosistemas terrestres, acuáticos o mixtos, donde se promueve la conservación de la biodiversidad, el desarrollo sustentable y la investigación científica. Permiten actividades como la agricultura tradicional, la ganadería extensiva y el turismo ecológico.

2. Parques Nacionales: Protegen ecosistemas con belleza escénica, valor científico, educativo o histórico. Permiten actividades como la recreación, la educación ambiental y la investigación científica, siempre que no afecten el ecosistema.

3. Áreas de Protección de Flora y Fauna: Su objetivo es preservar la flora y fauna silvestre, así como sus hábitats. Permiten la investigación científica, la educación ambiental y el ecoturismo, con restricciones para evitar la alteración del ecosistema. En Sinaloa los ejemplos de estas son la Meseta de Cacaxtla, Juan M. Banderas y las Islas del Golfo de California.

4. Áreas de Protección de Recursos Naturales: Protegen recursos naturales específicos, como bosques, cuencas hidrológicas o zonas geotérmicas. Permiten el aprovechamiento sustentable de los recursos, siempre que se asegure su conservación a largo plazo.

5. Monumentos Naturales: Protegen elementos naturales singulares por su belleza, valor científico o histórico, como formaciones geológicas, cavernas o árboles monumentales. Solo se permiten actividades de investigación científica y educación ambiental, con restricciones para evitar daños al monumento.

6. Santuarios: Protegen zonas donde se concentra una gran cantidad de flora y fauna silvestre, especialmente especies en peligro de extinción. Solo se permiten actividades de investigación científica y educación ambiental, con estrictas medidas de protección. En Sinaloa existen tres, las playas de Ceuta, Huizache Caimanero y el Verde Camacho.

7. Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación: Son áreas privadas que sus propietarios destinan voluntariamente a la conservación. Las actividades permitidas dependen del acuerdo entre el propietario y la autoridad ambiental. En Sinaloa estas son también tres: la Reserva de la Orquídea el Chirimole en Cosalá, Paco’s Reserva de Flora y Fauna en Mazatlán y el Área de Conservación de Flora y Fauna de la Bahía de Santa María.

Pero además de las áreas federales, existen áreas municipales y estatales que tienen diferentes niveles de protección y manejo. Para el caso de Sinaloa, la mayoría de las áreas municipales son Zona de Preservación Ecológica de Centros de Población, y solo la Isla de Orabá, en Cosalá, es un Parque Urbano de Preservación Ecológica de Centro de Población.

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